Se aprueba la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción hecha en París el trece (13) de enero de mil novecientos noventa y tres (1993) (Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de arma) Colombia
Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción
- Artículo I. Obligaciones generales
- Artículo II. Definiciones y criterios
- Artículo III. Declaraciones
- Artículo IV. Armas químicas
- Artículo V. Instalaciones de producción de armas químicas
- Artículo VI. Actividades no prohibidas por la presente convención
- Artículo VII. Medidas nacionales de aplicación
- Artículo VIII. La organización
- Artículo IX. Consultas, cooperación y determinación de los hechos
- Artículo X. Asistencia y protección contra las armas químicas
- Artículo XI. Desarrollo económico y tecnológico
- Artículo XII. Medidas para remediar una situación y asegurar el cumplimiento, incluidas las sanciones
- Artículo XIII. Relación con otros acuerdos internacionales
- Artículo XIV. Solución de controversias
- Artículo XV. Enmiendas
- Artículo XVI. Duración y retirada
- Artículo XVII. Condición jurídica de los anexos
- Artículo XVIII. Firma
- Artículo XIX. Ratificación
- Artículo XX. Adhesión
- Artículo XXI. Entrada en vigor
- Artículo XXII. Reservas
- Artículo XXIII. Depositario
- Artículo XXIV. Textos auténticos
Otras regulaciones
Se declara Monumento Nacional El Templo de San Roque Se reconoce la importancia y cultural del monumento a Cristo Rey, del municipio de Belalcázar Las Cuadrillas de San Martín Se establece la cuota de fomento algodonero, se crea un Fondo de Fomento Se declara Monumento Nacional la Iglesia Catedral de Nuestra Señora del Rosario del PalmarMejores juristas





Si estando en prisión domiciliaria se es revovada por haber salido del domicilio, pero a su vez se tienen las 3/5 partes para el beneficio de la libertad condicional, esta última se puede solicitar?
Buenas tardes soy persona natural. Es posible presentar una querella como apoderado de la victima. O es obligatorio contar con la representación de un abogado?
buena tarde, puede ser rechazada de plano una demanda al momento de resolver excepciones previas, por según el Juez no estar claro algunos elementos de valor dentro del Juramento estimatorio. Gracias
Para calcular a qué tiempo equivalen tres quintas partes de la pena, se puede usar esta fórmula: X= (Pena impuesta X 3 / 5) o esta fórmula X=(Pena impuesta) X 0.6. No obstante este no es el único requisito, ya que el juez evalúa la pertinencia social y legal de dejar una persona por fuera de prisión, así ya haya cumplido este tiempo encerrada, por ejemplo, analizando su conducta al interior de la prisión etc.
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Es bueno indicar al respecto que existe en Colombia el delito de corrupción privada, este es el artículo 250A del Código Penal, el cual tiene que ver con castigar a quien prometa, ofrezca o conceda a directivos, administradores, empleados o asesores de una sociedad, asociación o fundación una dádiva o cualquier beneficio no justificado para que le favorezca a él o a un tercero, en perjuicio de aquella.
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