Imprimir

Convenio de Amistad y Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Artículo 11 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/03/2025

Convenio de Amistad y Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Suriname
Artículo 11.

Este Convenio entrará en vigor en la fecha en que ambas Partes se notifiquen el haber cumplido con las formalidades constitucionales o legales requeridas en cada uno de los países y permanecerá en vigor hasta seis meses después de que una de las Partes comunique, por escrito, a la otra parte, su voluntad de denunciarlo.

Firmado en Paramaribo el día once del mes de noviembre de mil

novecientos noventa y tres (1993), en dos ejemplares en idioma

español y holandés, siendo ambos textos igualmente auténticos.

Por el Gobierno de la República de Colombia,

Ministra de Relaciones Exteriores.

NOEMÍ SANÍN DE RUBIO.

Por el Gobierno de la República de Suriname,

Ministro de Relaciones Exteriores.

SUBHAS CH MUNGRA.

El suscrito Jefe de la oficina Jurídica

del Ministerio de Relaciones Exteriores

HACE CONSTAR:

Que la presente reproducción es fiel fotocopia tomada original del "Convenio Amistad y Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Suriname", suscrito el 11 de noviembre de 1993, que reposa en los archivos de la oficina Jurídica de este Ministerio.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los diecisiete (17) días

del mes de agosto mil novecientos noventa y cuatro (1994).

El Jefe de la oficina Jurídica,

HÉCTOR ADOLFO SINTURA VARELA.

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Santa Fe de Bogotá, D.C.,

Aprobado, sométase a la consideración del honorable

Congreso Nacional para los efectos constitucionales.

(Firmado)

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

(Firmado) RODRIGO PARDO GARCÍA-PEÑA.

DECRETA:



Colombia Art. 11 Se aprueba el Convenio de Amistad y Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Suriname, suscrito el 11 de noviembre de 1993
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...9o 10 11

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Sobre el cuidado del recién nacido, es bueo recordar que con fundamento en la corresponsabilidad de madre y padre en el cuidado, crianza y educación de sus hijos. El fuero de paternidad se extiende incluso en casos de separación de los padres, quienes deben garantizar el bienestar integral del menor de manera conjunta y activa así ya no vivan juntos.


Email: [email protected]

WhatsApp: 573166406899

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Hola!! yo tengo un caso particular, se me terminó el contrato fijo menor a un año, solicite el certificado laboral en el cual solicito se mencione el periodo trabajado, el cargo y las funciones, la empresa emite el certificado laboral con las items señalados anteriormente excepto las funciones, argumentando que en el art 57. no habla acerca de funciones. Para mí la "índole de la labor" hace referencia al cargo que desempeñaba y las funciones. Que puedo hacer para que me den los certificados con las funciones desempeñadas


El padre biológico tiene derecho a reclamar la paternidad del menor mediante un proceso judicial de impugnación de paternidad y posterior declaración de paternidad. Según la Ley 1060 de 2006, el presunto padre biológico puede intervenir en el proceso de impugnación de paternidad para que se declare su vínculo con el menor, siempre que acredite sumariamente su interés y se protejan los derechos del niño. Es importante tener en cuenta que los derechos del menor prevalecen sobre los derechos de los adultos involucrados. Por lo tanto, cualquier decisión judicial deberá priorizar el interés superior del niño, garantizando su bienestar emocional, su derecho a la identidad y su estabilidad familiar.


Email: [email protected]

WhatsApp: 573166406899

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Se puede crear una

propiedad Horizontal sobre un predio privado que no apruebe esta figura juridica?


hola buen dia, me gustaria saber si puedo exigir el pago de una deuda con el proceso monitorio

en mi apartamento vivió un amigo durante un tiempo, conoció una persona por una app de citas la cual lo drogó y robó mis cosas materiales. mi amigó aceptó el error que cometió y aceptó pagar el dinero de cada cosa hurtada (tengo pruebas de todo eso)

ha transcurrido 4 meses y siempre ha reconocido la deuda pero no ha querido pagarla hasta que llegamos a una conciliación extrajudicial en donde ya no acepta la responsabilidad porque fue un hurto y el no se aprovechó de eso y en su momento puso la denuncia en la fiscalia por el crimen

pero tengo evidencias y un testigo donde el acepta pagar mis cosas hurtadas por su error en dinero y por ende se convirtió en una deuda. me gustaria saber si puedo aplicar al proceso monitorio y podria salir a mi favor o que proceso podria hacer ante este caso


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse