Se aprueba el Convenio de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Colombia y la República de Chile, suscrito en Santa Fe de Bogotá el 16 de julio 1991 (Convenio de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Colombia y la República de Chile) Colombia
Convenio de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Colombia y la República de Chile
- Artículo 1o. 1. Las partes contratantes se comprometen a elaborar y ejecutar de...
- Artículo 2o. 1. Para el cumplimiento de los fines del presente convenio, las Partes...
- Artículo 3o. En la ejecución del programa se incentivará e incluirá,...
- Artículo 4o. Para los fines del presente convenio, la cooperación técnica y...
- Artículo 5o. Sin perjuicio de la posibilidad de extender la cooperación a todos los...
- Artículo 6o. 1. Con el fin de efectuar la coordinación de las acciones para el...
- Artículo 7o. 1. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior y con el...
- Artículo 8o. Las partes Contratantes podrán, cuando lo estimen necesario, solicitar...
- Artículo 9o. Los costos de pasajes aéreos del personal a que se refiere el...
- Artículo 10. Las normas vigentes en cada país sobre privilegios y exenciones de los...
- Artículo 11. Las normas vigentes que rigen la internación en cada país de...
- Artículo 12. 1. El presente Convenio tendrá una vigencia de diez (10)...
Otras regulaciones
Se establece la entrega del informe anual sobre el desarrollo, avance y consolidación de los acuerdos comerciales Acuerdo de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Rumania Se establecen los objetivos y la estructura de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado Se dictan disposiciones sobre Zonas de Frontera Se dictan medidas para la reactivación y fortalecimiento del sector cultura, se crea el fondo para la promoción del patrimonio, la culturaMejores juristas





Buenos días, mi papá falleció y mi mamá desea reclamar las cesantías, pero le piden certificado de la empresa, esta no contesta ni responde correos, ya fuimos a la DIAN, supersolidaria, superintendencia de industria y comercio, pero no hemos recibido ninguna información de la empresa. No sabemos ahora que se puede hacer
Buenas tarde tengo una inquietud por q ay personas q los condenan por concierto para delinquir agravados y les dan prision domiciliaria
que pereza esto tan largo xddd profe si lee esto no ponga tanta tarea
En carro particular, ¿que medidas puede llevar la carga arriba?
el articulo 57 de codigo de procedimiento civil . es igual al articulo 64 del codigo general del proceso
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