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Convenio para la Protección de los Productores de Fonogramas contra la reproducción no autorizada de Artículo 1o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/09/2024

Convenio para la Protección de los Productores de Fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus Fonogramas
Artículo 1o.

Para los fines del presente Convenio, se entenderá por:

a) "Fonograma", toda fijación exclusivamente sonora de los sonidos de una ejecución o de otros sonidos;

b) "Productor de fonogramas", la persona natural o jurídica que fija por primera vez los sonidos de una ejecución u otros sonidos;

c) "Copia", el soporte que contiene sonidos tomados directa o indirectamente de un fonograma y que incorpora la totalidad o una parte substancial de los sonidos fijados en dicho fonograma;

d) "Distribución al público", cualquier acto cuyo propósito sea ofrecer, directa o indirectamente, copias de un fonograma al público en general o a una parte del mismo.

Colombia Art. 1o Se aprueba el Convenio para la Protección de los Productores de Fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus Fonogramas, hecho en Ginebra el 29 de octubre de 1971
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Artículo 1o 2o 3o ...13

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Buena noche, como puedo defenderme, en mi caso soy propietario de un asadero de pollo y utilizo carbón para la cocción de los mismos al igual que los demás restaurantes del municipio, compre 20 bultos que me duran 3 meses en una finca del sector. Me los decomisaron y ahora me citan a descargos por el articulo 328 del código penal. Me podrían guiar, muchas gracias.



Buenas tardes: Radiqué una demanda ante la SCI contra una empresa de tiempo compartido por publicidad engañosa; sin embargo, he recibido una notificación de inadmisibilidad de la demanda y donde me piden subsanar varios puntos para admitirla. la demanda fue presentada de acuerdo con las pautas de la SCI y allí figuran los puntos que me pide la SCI. Que hago al respecto? Gracias


¿Qué pasa si el apellido de la persona demandada está escrita falsa (omisión de letra)? ¿Qué pasa si la notificación de mandamiento de pago al demandado fue recibida de Rapidissimo por un miembro del consejo de administración de la propiedad horizontal. Esta copropiedad es demandante en el proceso. De hecho significa que la demandante recibió su propio mandamiento de pago para entregarla después a mano al casillero del demandado.


El delito de Acceso Carnal Violento, ¿admite tentativa?


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