Convenio sobre la Obtención de pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial Artículo 42 Colombia
Convenio sobre la Obtención de pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial
Artículo 42.
El Ministerio de Asuntos Exteriores de los Países Bajos notificará a los Estados mencionados en el artículo 37, así como a los Estados que se hubieren adherido conforme a lo dispuesto en el artículo 39:
a) Las firmas y ratificaciones a que hace referencia el artículo 37;
b) La fecha en que el presente Convenio entre en vigor conforme a lo dispuesto en el artículo 38, párrafo primero;
c) Las adhesiones a que hace referencia el artículo 39 y las fechas en que surtan efecto;
d) Las exenciones a que hace referencia el artículo 40 y las fechas en que surtan efecto;
e) Las designaciones, reservas y declaraciones mencionadas en los artículos 33 y 35;
f) Las denuncias a que hace referencia el párrafo tercero del artículo 41.
En fe de lo cual, los infrascritos, debidamente autorizados, firman el presente Convenio.
Hecho en La Haya, a 18 de marzo de 1970, en francés e inglés, siendo ambos textos igualmente auténticos, en un ejemplar único, que deberá depositarse en los archivos del Gobierno de los Países Bajos, y del que se remitirá por vía diplomática una copia auténtica a cada uno de los Estados representados en la Undécima Sesión de la Conferencia de La Haya de Derecho internacional privado.
Colombia Art. 42 Se aprueba el Convenio sobre la Obtención de pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970
Mejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
Buenas tardes, si un trabajador ha sido despedido sin justa causa, tiene un contrato a término indefinido y durante el tiempo que laboro hubo suspension autorizada por el ministerio de trabajo, al momento de indemnizarlo se le descuenta el periodo de suspension?
Consulta, si un empleado con salario $1.300.000 tuvo LILCENCIA NO REMUNERADA de 30 días con pago sueldo $0, como debe el empleador hacer el aporte a seguridad social si el IBC es $0?. El empleador está obligado a pagar el 16% de pension y el 4% de salud?
Pregunta. El numeral 7 y 8 fueron reemplazados por el n13 y 14 o siguen vigentes? No se puede portar nada en espacio público?
La jornada laboral a que hora inicia y a que hora termina
Los mensajes de datos como son los correos electrónicos, documentos electrónicos, mensajes de texto y demás comunicaciones electrónicas tienen la misma validez probatoria que los documentos físicos, siempre y cuando sea posible verificar su autenticidad. Los correos electrónicos pueden ser admitidos como pruebas en un proceso si es posible identificar de manera clara quién lo envió y a quién fue enviado y en qué fecha.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios