La Nación se asocia a la conmemoración de los 150 años de fundación como municipio, del municipio de Jardín, en el departamento de Antioquia, efeméride que se cumplirá el 23 de mayo de 2013.
A partir de la promulgación de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política, se autoriza al Gobierno Nacional para que incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación, las partidas presupuestales para concurrir a la financiación de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social en el municipio de Jardín, departamento de Antioquia, así:
-- Mejoramiento de la red vial terciaria del municipio y vías urbanas.
-- Mejoramiento de instalaciones de Policía en el municipio, dotación y construcción.
-- Mejoramiento al Palacio Municipal “Indalecio Peláez Velásquez”.
-- Reparación de la Casa de la Cultura y Museo “Clara Rojas”.
-- Realización de proyectos de inversión social para la generación de empleo y la satisfacción de las necesidades básicas insatisfechas de la población municipal.
-- Inversiones en el sistema de acueducto y alcantarillado, plan maestro urbano.
-- Inversiones en la infraestructura educativa municipal.
Autorizase al Gobierno Nacional para efectuar las apropiaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se autoriza igualmente la celebración de los contratos necesarios, el sistema de cofinanciación y la celebración de convenios interadministrativos entre la nación, el departamento de Antioquia y el municipio de Jardín.
La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.