La Nación se vincula a la conmemoración de los setenta (70) años de existencia de la Universidad Industrial de Santander.
Exáltense las virtudes de sus directivas, profesores, administrativos, estudiantes, egresados, pensionados y, en general, de la comunidad académica, por sus aportes valiosos al progreso de la región y del país.
Autorízase al Gobierno nacional para que incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación, correspondiente a las cinco (5) vigencias fiscales siguientes a la aprobación de la presente ley, las partidas necesarias correspondientes para financiar proyectos de infraestructura, dotación e investigación y extensión de la Universidad Industrial de Santander.
Autorízase al Gobierno nacional para efectuar las apropiaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación