Se categoriza al municipio de Santiago de Cali como Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios
Artículo 1o. Objeto
La presente ley tiene como objeto dotar al municipio de Santiago de Cali, de facultades e instrumentos legales, que le permitan cumplir las funciones y prestar los servicios a su cargo; así como promover el desarrollo integral de su territorio para contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes.
Artículo 2o. Categorización
Categorícese al municipio de Santiago de Cali como Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios.
Artículo 3o. Régimen aplicable
El Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, se regirá por la Ley 1617 de 2013, “por la cual se expide el Régimen para los Distritos Especiales” y demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan.
Artículo 4o. Vigencia
La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.