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La Nación se asocia a la celebración de los noventa y seis (96) años de vida jurídica del municipio Artículo 2o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

La Nación se asocia a la celebración de los noventa y seis (96) años de vida jurídica del municipio de Aracataca
Artículo 2o. Inversiones y su financiación

A partir de la sanción de la presente ley y conforme a lo establecido en los artículos 288, 334, 341 y 345 de la Constitución Política, las competencias establecidas en la Ley 715 de 2001 y sus Decretos reglamentarios, el Gobierno Nacional podrá incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación y/o impulsar a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, las apropiaciones necesarias que permitan ejecutar obras de interés para el Municipio y la comunidad en general, las cuales generarán desarrollo. Las obras y actividades que se autorizan con la presente Ley son:

a) Construcción de diez (10) Aulas para Jornada Unica de la Institución Educativa Departamental IED John F. Kennedy. $565.129.259,67

b) Reparación del estadio Chelo Castro. $2.225.105.933.70

c) Construcción del Coliseo de Boxeo del barrio Nariño. $586.493.052,33

d) Construcción del centro Cultural Leo Matiz. $417.816.867,79

e) Construcción Polideportivo Barrio Raíces. $638.917.320,00

Colombia Art. 2o la Nación se asocia a la celebración de los noventa y seis (96) años de vida jurídica del municipio de Aracataca – Departamento del Magdalena y se dictan otras disposiciones
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Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.


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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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