Imprimir

La Nación se vincula a la celebración de los ciento noventa años de la Fundación del Municipio de Ri Artículo 2o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/11/2024

La Nación se vincula a la celebración de los ciento noventa años de la Fundación del Municipio de Rionegro
Artículo 2o.

Con motivo de esta trascendental efemérides, la Nación se compromete a fortalecer la realización en el Municipio de Rionegro (Santander), las siguientes obras:

A) Construcción subsidiada de un plan de vivienda de interés social, no superior a 300 soluciones en el perímetro urbano y 300 soluciones en el sector rural del municipio;

B) Construcción de los alcantarillados y acueductos de los barrios marginales "Quebradaseca, Gloria parte alta-Santa Rosa- y el Punto Mirabel", del perímetro urbano del municipio;

C) La ampliación y dotación del Colegio Integrado Local, Concentración Escolar Urbana y del Hospital de San Antonio;

D) Canalización y reforestación de la "Quebradaseca" en el sector comprendido "El Mamey, carretera del mar";

E) Adquisición de predios rurales situados en las márgenes del nacimiento de las aguas del acueducto municipal y la conservación, reforestación y mantenimiento de las cuencas hidrográficas que surten el acueducto del municipio;

F) Construcción del relleno sanitario municipal;

G) Construcción de los acueductos y alcantarillados de los corregimientos de San Rafael del río Lebrija y Papayal en la comprensión municipal;

H) Rehabilitación y pavimentación de las vías nacionales "Llano de Palmas-Rionegro-Santacruz y de San Rafael a Papayal".

I) Construcción del acueducto interveredal "La Plazuela-Caño Siete-

Simonica-Maracaibo-Venecia";

J) Dotación de un equipo de maquinaria pesada para las obras públicas urbanas y rurales del municipio.

Colombia Art. 2o La Nación se vincula a la celebración de los ciento noventa años de la Fundación del Municipio de Rionegro, en el Departamento de Santander, rinde tributo de admiración a sus habitantes y apoya en su homenaje la construcción de algunas obras
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o 2o 3o 4o 5o

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Sobre la notificación personal, los mensajes de datos como son los correos electrónicos, documentos electrónicos, mensajes de texto y demás comunicaciones electrónicas tienen la misma validez probatoria que los documentos físicos, siempre y cuando sea posible verificar su autenticidad. Los correos electrónicos pueden ser admitidos como pruebas en un proceso si es posible identificar de manera clara quién lo envió y a quién fue enviado y en qué fecha.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

Email: [email protected]

Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia

WhatsApp: 573166406899

facebook.com/abogadoscolombiaun

Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Puede un proveedor embargar al representante legal designado por la SAE de una empresa que está bajo el proceso de extinción del dominio por el no pago de cuentas vencidas?


Frente a varias consultas que nos hacen sobre la prescripción de la acción penal, es bueno indicar acerca de lo que dice este art 83 del cod penal que en concordancia con lo que dice el art 86 del mismo cod, la prescripción se interrumpe con la audiencia de formulación de imputación y a partir de esta, empieza a correr de nuevo un tiempo de prescripción igual a la mitad del señalado en el artículo 83 del Cód penal (el cual no podrá ser inferior a 3 años según lo que indica el art 292 del cod de procedimiento penal). Es decir, desde la imputación inicia de nuevo el término de la prescripción, el cual no puede ser inferior a 3 años ni superior a los 10 años. Y dicho término se suspende con la sentencia de segunda instancia, desde la cual comenzará a correr de nuevo un término, sin que pueda superar este los 5 años.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

Email: [email protected]

Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia

WhatsApp: 573166406899

facebook.com/abogadoscolombiaun

Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Adquiri un plan de servicios turisticos prepagados, el cual no he empezado a utilizar y por razon de fuerza mayor no voy a utilizar. De esto hace ya un mes. ¿Tengo derecho a retractarme de dicho acuerdo?


Existe ahora en Colombia una nueva causal número 10, que se le denominó “La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges”, la cual le da nacimiento al divorcio unilateral.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

Email: [email protected]

Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia

WhatsApp: 573166406899

facebook.com/abogadoscolombiaun

Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse