Se dictan normas sobre la operación y funcionamiento de establecimientos que prestan el servicio de videojuegos y se dictan otras disposiciones (Normas sobre la operación y funcionamiento de establecimientos que prestan el servicio de videojuego) Colombia
Normas sobre la operación y funcionamiento de establecimientos que prestan el servicio de videojuegos
- Artículo 1o. Definición
- Artículo 2o. Funcionamiento
- Artículo 3o. Criterios de operación
- Artículo 4o. Del acceso
- Artículo 5o. Entidades responsables
- Artículo 6o. Comité de promoción, clasificación y seguimiento para el uso de videojuegos
- Artículo 7o. Funciones del comité de promoción, clasificación y seguimiento para el uso de videojuegos
- Artículo 8o. Capacitación en la identificación de jugadores patológicos
- Artículo 9o. Clasificación de videojuegos
- Artículo 10. Clasificación previa de videojuegos
- Artículo 11. Sanciones
- Artículo 12. Vigencia
Otras regulaciones
Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018 Convenio para la Cooperación en el marco de la Conferencia Iberoamericana Se fijan términos y competencias para la realización, adopción y aplicación de la estratificación El Régimen Disciplinario en el Deporte Acuerdo entre la República de Colombia y el Reino de España sobre cooperación en materia de prevención del uso indebido y control del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicasMejores juristas





buena tarde, alguien me podría colaborar con una plantilla de solicitud de extinción de pena?
Buenas tardes, la seguridad social en salud, siempre y cuando usted devengue un salario inferior al mínimo mensual, las cotizaciones se harán de acuerdo a los días que labore y se cotizará por semanas, es decir si usted un mes labora entre 12 y 13 días, le corresponderá a su empleador cotizar el equivalente a dos semanas de cotización o dos cotizaciones mínimas semanales.
Por otro lado, el derecho al día dominical nace cuando se labora la semana completa, correspondiendo a que deberá remunerarse el día de descanso, en su caso no labora todos los días de la semana, y su pago sería conforme a los días trabajados.
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Buena tarde, si trabajo solo los días viernes, sábados y domingos, como debería ser el pago de la seguridad social por parte de mi empleador? y como debería pagarme los dominicales?
Si no envia uno la justificacion en el termino de 3 dias que puede suceder
Para que se extinga un derecho o la oportunidad de alegar un derecho de herencia, el simple paso del tiempo no es suficiente. El código civil indica que “el derecho hereditario que se tiene se extingue por prescripción (art.2535 C.C.), o sea, ese derecho se extingue sólo cuando un tercero, siendo poseedor material lo ha prescrito extraordinaria u ordinariamente a su favor. Entonces, para que el derecho hereditario se extinga por prescripción debe ocurrir el transcurso del tiempo y el no ejercicio de la llamada acción de petición de herencia (art.1326 CC.) sino que paralelamente opere la prescripción extintiva a nombre de otra persona adquiriendo de esta manera el mismo derecho de herencia por usucapión.
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