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Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de Artículo 127 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020
Artículo 127.

Durante la vigencia del 2020 el porcentaje a que hace referencia el numeral 4 del artículo 38-1 de la Ley 397 de 1997 será del veinte por ciento (20%). Una vez cubierto lo anterior, los departamentos y municipios podrán destinar los saldos disponibles a 31 de diciembre de 2019, para financiar los demás conceptos a que hacen referencia los numerales 1, 2, 3 y 5 de este artículo.

Colombia Art. 127 Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020
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Los comentarios de los usuarios

Cordial saludo,

A su pregunta: "bajo que normatividad se transfieren los recursos que hace referencia el numeral 4 del artículo 38-1 de la Ley 397 de 1997, o mas bien a que entidad se deben transferir y donde esta estipulado?"

Respondemos: Se hace bajo la normatividad del Código General del Proceso y la normatividad presupuestaria de las entidades territoriales. Depende de quién recaude la estampilla.

Atentamente,

Mario Montenegro


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buen día

bajo que normatividad se transfieren los recursos  que hace referencia el numeral 4 del artículo 38-1 de la Ley 397 de 1997, o mas bien a que entidad se deben transferir y donde esta estipulado?

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