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Protocolo para la Represión de Actos ilícitos de violencia en los aeropuertos Artículo II Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/07/2025

Protocolo para la Represión de Actos ilícitos de violencia en los aeropuertos
Artículo II.





1. Añádase al artículo 1o. del Convenio el siguiente párrafo 1 bis:

"1 bis. Comete un delito toda persona que ilícita e intencionalmente, utilizando cualquier artefacto, sustancia o arma:

a) ejecute un acto de violencia contra una persona en un aeropuerto que preste servicio a la aviación civil internacional, que cause o pueda causar lesiones graves o la muerte; o

b) destruya o cause graves daños en las instalaciones de un aeropuerto que preste servicio a la aviación civil internacional o en una aeronave que no esté en servicio y esté situada en el aeropuerto, o perturbe los servicios del aeropuerto, si ese acto pone en peligro o puede poner en peligro la seguridad del aeropuerto".

2. En el inciso a) del párrafo 2 del Artículo 1 del Convenio, insértese "o en el párrafo 1o. bis" después de "en el párrafo 1o.".

Colombia Art. II Se aprueba el Protocolo para la Represión de Actos ilícitos de violencia en los aeropuertos que presten servicio a la aviación civil internacional, complementario del convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil, hecho en Montreal el veintitrés (23) de septiembre de mil novecientos setenta y uno (1971) hecho en Montreal el veinticuatro (24) de febrero de mil novecientos ochenta y ocho (1988)
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Este artículo aplica para el sector privado, la norma principal que rige para el sector público es el Decreto 1083 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. En su artículo 2.2.31.4, establece: “ARTÍCULO 2.2.31.4 Derecho a vacaciones. (...) 2. El personal científico que trabaje al servicio de campañas antituberculosas, así como los que laboren en el manejo y aplicación de rayos X y sus ayudantes, tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada seis (6) meses de servicios.”


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A los aprendices del sena con contrato anterior al 1/07/2025 les aplica la nueva reforma laboral?


Cual es el articulo que reglamenta la Amonestación escrita, como sanción disciplinaria??


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en numeral 7 por que no adicionaron, funciones en la certificación laboral


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