Protocolo sobre el Programa para el Estudio Regional del Fenómeno El Niño en el Pacífico Sudeste Artículo 3o Colombia
Protocolo sobre el Programa para el Estudio Regional del Fenómeno El Niño en el Pacífico Sudeste
Artículo 3o. Obligaciones generales
Las Partes se obligan entre sí, en virtud del presente Protocolo, a: a) Apoyar individualmente y por medio de la cooperación bilateral y multilateral el Programa Estudio Regional del Fenómeno El Niño (ERFEN) y consecuentemente las investigaciones oceánico-atmosférico y climáticas básicas que se refieren a cambios en el mediano y largo plazo: así como los impactos producidos por tales cambios;
b) Colaborar en la concertación y aplicación de los acuerdos que sean necesarios para la adopción de normas y procedimientos que permitan la más amplia aplicación de este Programa;
c) Cooperar en el plano regional, a través de los Comités Nacionales del ERFEN, en la formulación, adopción y aplicación de programas y métodos de trabajo que permitan una adecuada interpretación y aplicación de los datos e información que se obtengan, y
d) Desplegar los esfuerzos a su alcance, a través de las Instituciones Especializadas de cada país, para proporcionar al Programa personal científico, técnico y administrativo, operación de buques de investigación, infraestructura para las investigaciones y para capacitación; así como apoyo para las reuniones del Programa ERFEN.
Colombia Art. 3o Se aprueba el Protocolo sobre el Programa para el Estudio Regional del Fenómeno El Niño en el Pacífico Sudeste, suscrito en Puerto Callao, Perú el 6 de noviembre de 1992
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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