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Se adoptan medidas en materia de financiamiento para la reactivación del sector agropecuario Artículo 15 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se adoptan medidas en materia de financiamiento para la reactivación del sector agropecuario
Artículo 15. Acuerdos de recuperación y saneamiento de cartera agropecuaria

Dada la afectación del sector agropecuario, con la finalidad social de facilitar la recuperación de los pequeños y medianos productores, y sin perjuicio de lo dispuesto en la normatividad financiera y comercial, aplicable a los establecimientos de crédito, facúltese al Banco Agrario de Colombia S. A., y a Finagro, como administrador del Fondo Agropecuario de Garantías (FAG), para celebrar acuerdos de recuperación y pago de cartera vencida, normalizada, castigada o siniestrada a 31 de diciembre de 2013, según corresponda, los cuales podrán incluir la condonación de intereses corrientes y de mora, así como quitas de capital, en los términos y límites fijados por el Gobierno Nacional por decreto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a favor de quienes hayan calificado como pequeños o medianos productores al momento de tramitar el respectivo crédito según la normatividad del crédito agropecuario.

Colombia Art. 15 Se adoptan medidas en materia de financiamiento para la reactivación del sector agropecuario, pesquero, acuícola, forestal y agroindustrial, y se dictan otras disposiciones relacionadas con el fortalecimiento de la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria (Corpoica)
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


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