Se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones (Se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las f) Colombia
Se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales
- Artículo 1o. Ambito de aplicacion
- Artículo 2o. Definiciones
- Artículo 3o. Interpretacion
- Artículo 4o. Modificacion mediante acuerdo
- Artículo 5o. Reconocimiento juridico de los mensajes de datos
- Artículo 6o. Escrito
- Artículo 7o. Firma
- Artículo 8o. Original
- Artículo 9o. Integridad de un mensaje de datos
- Artículo 10. Admisibilidad y fuerza probatoria de los mensajes de datos
- Artículo 11. Criterio para valorar probatoriamente un mensaje de datos
- Artículo 12. Conservacion de los mensajes de datos y documentos
- Artículo 13. Conservación de mensajes de datos y archivo de documentos a través de terceros
- Artículo 14. Formacion y validez de los contratos
- Artículo 15. Reconocimiento de los mensajes de datos por las partes
- Artículo 16. Atribucion de un mensaje de datos
- Artículo 17. Presuncion del origen de un mensaje de datos
- Artículo 18. Concordancia del mensaje de datos enviado con el mensaje de datos recibido
- Artículo 19. Mensajes de datos duplicados
- Artículo 20. Acuse de recibo
- Artículo 21. Presuncion de recepcion de un mensaje de datos
- Artículo 22. Efectos juridicos
- Artículo 23. Tiempo del envio de un mensaje de datos
- Artículo 24. Tiempo de la recepcion de un mensaje de datos
- Artículo 25. Lugar del envio y recepcion del mensaje de datos
- Artículo 26. Actos relacionados con los contratos de transporte de mercancías
- Artículo 27. Documentos de transporte
- Artículo 28. Atributos juridicos de una firma digital
- Artículo 29. Características y requerimientos de las entidades de certificación
- Artículo 30. Actividades de las entidades de certificacion
- Artículo 31. Remuneracion por la prestacion de servicios
- Artículo 32. Deberes de las entidades de certificacion
- Artículo 33. Terminacion unilateral
- Artículo 34. Cesación de actividades por parte de las entidades de certificación
- Artículo 35. Contenido de los certificados
- Artículo 36. Aceptacion de un certificado
- Artículo 37. Revocacion de certificados
- Artículo 38. Termino de conservacion de los registros
- Artículo 39. Deberes de los suscriptores
- Artículo 40. Responsabilidad de los suscriptores
- Artículo 41. Funciones de la superintendencia
- Artículo 42. Sanciones
- Artículo 43. Certificaciones reciprocas
- Artículo 44. Incorporacion por remision
- Artículo 45. La Superintendencia de Industria y Comercio contará con un...
- Artículo 46. Prevalencia de las leyes de proteccion al consumidor
- Artículo 47. Vigencia y derogatoria
Otras regulaciones
Normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con la Constitución Política Convenio de Cooperación Cultural y Educativa entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Argentina Se establecen los lineamientos para el desarrollo de la politica publica de prevencion de la infertilidad Acuerdo entre el Gobierno de Colombia y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura Unesco Se autoriza la emisión de la estampilla La Universidad de Antioquia de Cara al Tercer Siglo de laborMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
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Norman Agudelo
Cómo se prueba la responsabilidad del daño en un contrato de arrendamiento de predio rural en Colombia?
Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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