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Se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrát Artículo 112 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática
Artículo 112.

Confórmese una comisión integrada por el Ministro del Interior, tres Senadores y tres Representantes a la Cámara de las Comisiones de Asuntos Constitucionales, y dos miembros de la academia designados de común acuerdo por los anteriores miembros, para que dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, compilen todos los textos legales que regulan el derecho a la participación ciudadana.



Colombia Art. 112 Se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


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