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Se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios Artículo 203 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios
Artículo 203. Vigencia

La presente Ley deroga las disposiciones que le sean contrarias y rige a partir de la fecha de su publicación.

El Presidente (E) del honorable Senado de la República,

ELÍAS MATUS TORRES

El Secretario General del honorable Senado de la República,

PEDRO PUMAREJO VEGA

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

FRANCISCO JOSÉ JATTIN SAFAR

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y ejecútese,

Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a 2 de junio de 1994,

CÉSAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Gobierno,

FABIO VILLEGAS RAMÍREZ

El Ministro de hacienda y Crédito Público,

RUDOLF HOMMES RODRÍGUEZ

      

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Hola buenos días

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Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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