Se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2002 Artículo 3o Colombia
Se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2002
Artículo 3o.
Contracredítase el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2002, en la suma de cuarenta y siete mil seiscientos trece millones trescientos cincuenta y nueve mil quinientos noventa y siete pesos ($47.613.359.597) moneda legal según el siguiente detalle:CONTRACREDITOS AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 2002
PROG. SUBP. CONCEPTO APORTE RECURSOS TOTAL
NACIONAL PROPIOS
SECCION 0207
FONDO PARA LA RECONSTRUCCION
Y DESARROLLO SOCIAL DEL EJE CAFETERO
A. FUNCIONAMIENTO 1,679,497,750 1,679,497,750
TOTAL SECCION 1,679,497,750 1,679,497,750
SECCION 0301
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
NACIONAL DE PLANEACION
0530 ATENCION, CONTROL Y ORGANIZACION 200,000,000 200,000,000
INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA GESTION
DEL ESTADO
1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 200,000,000 200,000,000
C. INVERSION 200,000,000 200,000,000
TOTAL SECCION 200,000,000 200,000,000
SECCION 1101
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
A. FUNCIONAMIENTO 400,000,000 400,000,000
TOTAL SECCION 400,000,000 400,000,000
SECCION 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
A. FUNCIONAMIENTO 1,598,682,597 1,598,682,597
0650 CAPITALIZACION 26,000,000,000 26,000,000,000
1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 26,000,000,000 26,000,000,000
C. INVERSION 26,000,000,000 26,000,000,000
TOTAL SECCION 27,598,682,597 27,598,682,597
SECCION 1701
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y DESARROLLO RURAL
06 10 CREDITOS 5,900,000,000 5,900,000,000
1100 INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO 5,900,000,000 5,900,000,000
C. INVERSION 5,900,000,000 5,900,000,000
TOTAL SECCION 5,900,000,000 5,900,000,000
SECCION 1706
FONDO DE COFINANCIACION
PARA LA INVERSION RURAL DRI
0520 ADMINISTRACION, CONTROL
Y ORGANIZACION 1,600,000,000 1,600,000,000
INSTITUCIONAL PARA APOYO
A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO
1100 INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO 1,600,000,000 1,600,000,000
C. INVERSION 1,600,000,000 1,600,000,000
TOTAL SECCION 1,600,000,000 1,600,000,000
SECCION 1804
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA)
A. FUNCIONAMIENTO 19,000,000 19,000,000
TOTAL SECCION 19,000,000 19,000,000
SECCION 1904
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF)
0310 DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y 647,000,000 647,000,000
CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO
0300 INTERSUBSECTORIAL SALUD 647,000,000 647,000,000
0320 PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL 3,000,000,000 3,000,000,000
DEL RECURSO UMANO
1501 ASISTENCIA DIRECTA
A LA COMUNIDAD 3,000,000,000 3,000,000,000
C. INVERSION 3,647,000,000 3,647,000,000
TOTAL SECCION 3,647,000,000 3,647,000,000
SECCION 2110
INSTITUTO DE PLANIFICACION Y PROMOCION
DE SOLUCIONES ENERGETICAS - IPSE
A. FUNCIONAMIENTO 2,637,662,400 2,637,662,400
TOTAL SECCION 2,637,662,400 2,637,662,400
SECCION 2202
INSTITUTO COLOMBIANO PARA EL FOMENTO
DE LA EDUCACION SUPERIOR (ICFES)
A. FUNCIONAMIENTO 738,703,450 738,703,450
TOTAL SECCION 738,703,450 738,703,450
SECCION 2802
FONDO ROTATORIO DE LA REGISTRADURIA
0121 CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA 1,200,000,000 1,200,000,000
ADMINISTRATIVA
1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 1,200,000,000 1,200,000,000
0122 ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA 1,500,000,000 1,500,000,000
ADMINISTRATIVA
1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 1,500,000,000 1,500,000,000
C. INVERSION 2,700,000,000 2,700,000,000
TOTAL SECCION 2,700,000,000 2,700,000,000
SECCION 3201
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
A. FUNCIONAMIENTO 381,253,000 381,253,000
TOTAL SECCION 381,253,000 381,253,000
SECCION 3401
AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
0520 ADMINISTRACION, CONTROL
Y ORGANIZACION 111,560,400 111,560,400
INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA
ADMINISTRACION DEL ESTADO
1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 111,560,400 111,560,400
C. INVERSION 111,560,400 111,560,400
TOTAL SECCION 111,560,400 111,560,400
TOTAL CONTRACREDITOS 40,508,656,147 7,104,703,450 47,613,359,597
Colombia Art. 3o Se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2002
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Sobre las causales de divorcio indicadas en este artículo 154 del código civil, es necesario indicar que se incluirá una nueva causal número 10, que se denominará “La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges”, la cual le da nacimiento al divorcio unilateral en Colombia. Es decir, el Colombia se podrá radicar un divorcio ante juzgado alegando simplemente que se desea separarse de la pareja, pero que esta no colabora para hacerlo en notaría, en otras palabras, un divorcio que no necesita demostrar un mal comportamiento de la otra persona, para poder separarse de ella.
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me puede ayudan indicándome si existe algún articulo que hable sobre si es obligatorio aumentarle el salario a las personas que ganes mas del minimo.
Estimado Abogado. Conoce usted de qué trata la LEY 1123 DE 2007 y para qué sirve?
Si la prestación de servicios ha sido continua, sin interrupciones significativas, y la necesidad de los servicios del trabajador ha sido constante, esto puede indicar una relación laboral indefinida. La jurisprudencia ha señalado que interrupciones cortas entre contratos no necesariamente rompen la continuidad de la relación laboral. // Si la naturaleza del trabajo realizado por el empleado es de carácter permanente y no temporal, esto puede ser un indicativo de que la relación laboral es indefinida no mediada por múltiples contratos a término fijo. La Corte Suprema ha destacado que la naturaleza de la labor contratada puede disfrazar una relación laboral indefinida cuando no se justifica un plazo determinado. // El principio de estabilidad laboral, protege al trabajador y puede modificar la naturaleza del contrato a término fijo a indefinido si se cumplen ciertos requisitos, como la subsistencia de la materia de trabajo y el cumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador etc.
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Según el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 50 de 1990, en los contratos a término fijo, la indemnización se calcula con base en el tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato. La jurisprudencia también ha señalado que la sucesiva renovación de un contrato a término fijo no lo convierte automáticamente en uno indefinido, lo que significa que la empresa puede decidir no renovar el contrato al final del plazo estipulado sin que esto implique automáticamente una indemnización por despido injusto por todo el tiempo que la persona lleva relacionada con la empresa mediante continuos contratos a termino fijo.
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