Se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones Artículo 189 Colombia
Se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones
Artículo 189. Vigencia
Salvo cuando ella disponga otra cosa, esta Ley rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. El Presidente del Honorable Senado de la República
JORGE RAMON ELÍAS NADER
Secretario General del Honorable Senado de la República,
PEDRO PUMAREJO VEGA
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,
FRANCISCO JOSÉ JATTIN SAFAR
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,
DIEGO VIVAS TAFUR
REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y ejecútese.
Dada en Santafé de Bogotá, D.C. a 1 de julio de 1.994.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público (E.),
Héctor José Cadena Clavijo.
El Ministro de Desarrollo Económico,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Minas y Energía,
Guido Nule Amín.
El Ministro de Comunicaciones,
Wiliam Jaramillo Gómez.
El Director del Departamento Nacional de Planeación,
Colombia Art. 189 Se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones
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Buen día, la empresa donde laboro me pidió el reintegro de unos vaiticos, parro yo cuento con los soportes físicos para justificar los gastos, pero la empresa insiste en el reintegro porque según la aplicación que utilizan no registra desplazamiento ninguno,más sin embargo la empresa no da lugar a presentar los soportes físicos y más aún hacer el respectivo rastreo del vehículo que cuenta con GPS.
Que tan factible es que prospere una denuncia de dos correos electrónicos, un mensaje de texto y un papel que llegó a mi casa anónimos con insultos y una acusación desde hace 4 días no me enviaron más nada
Que tipo de madera no se puede comercializar o se encuentran en via de extincion y donde esta reglamentado
Cordial saludo,
A su pregunta: "Qué pasa si no estoy del todo de acuerdo con la liquidación de mi pensión de vejez y no apelo el acto administrativo?"
Respondemos: Entonces no podría comunicarle al fondo de pensiones que está en desacuerdo.
Atentamente,
Mario Montenegro
Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601
Email: contacto@montenegrogalindo.com
Sitio web: www.montenegrogalindo.com
WhatsApp: 573057709651
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