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Se expide el estatuto de ciudadanía juvenil Artículo 20 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/12/2024

Se expide el estatuto de ciudadanía juvenil
Artículo 20. Procedimiento y plazos para la formulación de políticas de juventud

Los municipios, distritos, departamentos y la Nación, atendiendo a la autonomía territorial, formularán o actualizarán de manera coordinada y con carácter participativo las políticas públicas de juventud, atendiendo a criterios diferenciales por territorios y contextos. Para tal propósito deberán tener en cuenta lo siguiente:

1. Los municipios iniciarán la formulación de las Políticas públicas de juventud en un plazo de seis (6) meses a partir de la elección de los Consejos Municipales de Juventud.

2. Los departamentos iniciarán la formulación de las políticas públicas departamentales en un plazo de nueve (9) meses a partir de la elección de los Consejos Municipales de Juventud. Los departamentos están obligados a prestar asistencia técnica a los municipios garantizando así la coordinación, complementariedad y corresponsabilidad para la formulación de las políticas públicas municipales de juventud y la departamental.

3. Los distritos tendrán el mismo tiempo dispuesto por los departamentos para adelantar la formulación de sus políticas públicas de juventud bajo el entendido que aun cuando no están obligados a generar política pública de juventud por localidad o comuna, sí es necesario atender a la diversidad de cada uno de estos territorios, y reflejarla en planes operativos que expliciten la inversión diferenciada que se ejecutará para la garantía de derechos de los jóvenes que habitan en sus territorios.

4. La Nación iniciará la formulación de la política pública nacional de juventud en un plazo de doce (12) meses, contados a partir de la elección de los consejeros de juventud municipales. La Nación está obligada a prestar asistencia técnica a los departamentos garantizando así la coordinación, complementariedad y corresponsabilidad para la formulación de las políticas públicas municipales, distritales, departamentales y la nacional.

PARÁGRAFO. En donde hubiere política pública de juventud aprobada se deberá revisar y actualizar desde un enfoque que permita establecer de manera diferencial las acciones de política pública e inversión social para la garantía de los derechos de los jóvenes; así como difundir de manera expedita, en un plazo no menor de tres (3) meses a partir de la sanción de la presente ley.



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Buen día, quisiera saber si un trabajador que lleva laborando en una empresa por más de 15 años con contratos a término fijo de un año (cada año en enero se renueva después del periodo de vacaciones), si la empresa decide no renovar ese contrato, el trabajador tiene derecho a una indemnización por el tiempo que lleva laborando?


El derecho a la indemnización de seis meses de salarios para un trabajador aforado despedido sin autorización judicial es un derecho respaldado por la jurisprudencia de la Corte Constitucional, la que en múltiples ocasiones ha indicado ya que este derecho no depende de la discreción del juez, sino que es una obligación legal cuando se cumplen las condiciones para su aplicación. Es decir, es independiente de cualquier otra indemnización que se le deba pagar al empleado y en esa medida no se excluye con o excluye a otras indemnizaciones, deudas etc. que se le deban pagar al trabajador que fue despedido sin autorización.


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La estafa ocurre cuando se utilizan engaños para hacer caer en un error o en una idea falsa de lo que realmente ocurre y como consecuencia la víctima entrega parte de su patrimonio al victimario. Por ejemplo, hacer creer a la víctima en la existencia de empresas, poder económico, créditos inexistentes o la segura ocurrencia de eventos que sabe con antelación no sucederán. El engaño debe ser lo suficientemente convincente como para hacer que la víctima se desprenda de su patrimonio. La intención de engañar debe ocurrir desde el inicio de la relación entre víctima y victimario. De lo contrario podemos estar ante un incumplimiento de contrato. // El error inducido debe ser directo y consecuencia de los artificios o engaños desplegados. Es decir debe existir una relación causal clara entre el engaño y el error de la víctima y que este error sea el que motive a la víctima a desprenderse de su patrimonio.


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Buen día. Que pasa si me estafaron en un viaje para dos personas. Valor $6000000 seis millones de pesos. La persona devolvió dos millones y no quiere devolver el resto del dinero. Que debo hacer. Puedo demandar por estafa???


Porque no dice nada el 1. de este articulo ?


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