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Se incorpora la población de San Sebastián de Buenavista Artículo 3o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/12/2024

Se incorpora la población de San Sebastián de Buenavista
Artículo 3o.

La República de Colombia se asocia al 260 Aniversario de la Fundación de San Sebastián de Buenavista, Departamento del Magdalena, los cuales se conmemoran el día 20 de enero del 2008. Para tales efectos, el gobierno nacional adoptará, de manera coordinada y concurrente con el departamento y el municipio, un plan quinquenal para el cumplimie nto de lo establecido en esta ley, evaluando anualmente, el cumplimiento de la misma, adoptando y proponiendo, si fueren de su competencia, las medidas, acciones, programas y proyectos necesarios para su cumplimiento.

PARÁGRAFO 1o. A partir de la sanción de esta ley, de conformidad con los artículos 334, 339 y 341 de la Constitución Política, el Gobierno Nacional queda autorizado para realizar las apropiaciones presupuestales que se requieran para dar cumplimiento a la presente Ley, y para incorporar en las leyes de presupuesto, apropiaciones y Plan de Desarrollo, las partidas necesarias para financiar la concurrencia de la Nación a la ejecución de los siguientes proyectos de infraestructura, saneamiento básico, generación de empleo y transporte, así:

a) Construcción y dotación del Hospital de San Sebastián de Buenavista, Primer Nivel;

b) Construcción de los sistemas de Acueducto y Alcantarillado del municipio de San Sebastián;

c) Construcción y dotación del Centro de Formación Microempresarial y Escuela de Aprendizaje y Patriotismo del Municipio de San Sebastián;

d) Construcción de Puerto para embarcaciones fluviales y pesca artesanal de San Sebastián de Buenavista;

e) Desarrollo de Proyectos de Implantación, explotación, comercialización de productos agrícolas y pecuarios, artesanales, semiindustriales e industriales de San Sebastián de Buenavista;

f) Construcción de canchas deportivas de fútboll, de basquetbol y gimnasios.

El Gobierno Nacional, según sus prioridades y disponibilidad de recursos, queda autorizado para incorporar a la Ley anual del Presupuesto General de la Nación, en las vigencias fiscales que así considere, aquellas apropiaciones destinadas a dar cumplimiento a la presente ley, de conformidad con los requisitos establecidos en el Estatuto Orgánico de Presupuesto y en las demás disposiciones que regulen la materia.

PARÁGRAFO 2o. Las Administraciones departamentales del Magdalena y Municipal de San Sebastián de Buenavista gestionarán, coparticiparan y confinanciarán los programas que trata esta Ley, mediante contrapartidas y apropiaciones provenientes de sus respectivos presupuestos y en la consecución y aplicación de otras fuentes y mecanismos financieros para el desarrollo de los programas, proyectos y actividades de que trata la presente ley.

Colombia Art. 3o Se incorpora la población de San Sebastián de Buenavista, en el departamento del Magdalena, patrimonio histórico de la República de Colombia y la Nación se asocia al 260 aniversario de su fundación
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Sobre las causales de divorcio indicadas en este artículo 154 del código civil, es necesario indicar que se incluirá una nueva causal número 10, que se denominará “La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges”, la cual le da nacimiento al divorcio unilateral en Colombia. Es decir, el Colombia se podrá radicar un divorcio ante juzgado alegando simplemente que se desea separarse de la pareja, pero que esta no colabora para hacerlo en notaría, en otras palabras, un divorcio que no necesita demostrar un mal comportamiento de la otra persona, para poder separarse de ella.


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me puede ayudan indicándome si existe algún articulo que hable sobre si es obligatorio aumentarle el salario a las personas que ganes mas del minimo.


Estimado Abogado. Conoce usted de qué trata la LEY 1123 DE 2007 y para qué sirve?


Si la prestación de servicios ha sido continua, sin interrupciones significativas, y la necesidad de los servicios del trabajador ha sido constante, esto puede indicar una relación laboral indefinida. La jurisprudencia ha señalado que interrupciones cortas entre contratos no necesariamente rompen la continuidad de la relación laboral. // Si la naturaleza del trabajo realizado por el empleado es de carácter permanente y no temporal, esto puede ser un indicativo de que la relación laboral es indefinida no mediada por múltiples contratos a término fijo. La Corte Suprema ha destacado que la naturaleza de la labor contratada puede disfrazar una relación laboral indefinida cuando no se justifica un plazo determinado. // El principio de estabilidad laboral, protege al trabajador y puede modificar la naturaleza del contrato a término fijo a indefinido si se cumplen ciertos requisitos, como la subsistencia de la materia de trabajo y el cumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador etc.


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Según el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 50 de 1990, en los contratos a término fijo, la indemnización se calcula con base en el tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato. La jurisprudencia también ha señalado que la sucesiva renovación de un contrato a término fijo no lo convierte automáticamente en uno indefinido, lo que significa que la empresa puede decidir no renovar el contrato al final del plazo estipulado sin que esto implique automáticamente una indemnización por despido injusto por todo el tiempo que la persona lleva relacionada con la empresa mediante continuos contratos a termino fijo.


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