Se protege la flora colombiana, se reglamentan los jardines botánicos Artículo 10 Colombia
Se protege la flora colombiana, se reglamentan los jardines botánicos
Artículo 10. Vigilancia por exportación e importación de material biológico
Las autoridades aeroportuarias, aduaneras, ambientales, sanitarias, de policía, de la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y de la Fiscalía General de la Nación, no permitirán el ingreso o la salida del país de material vegetal o animal vivo no autorizado, para evitar la exportación o la importación de especies amenazadas o en peligro de extinción y aplicarán, conforme a su competencia legal, las sanciones correspondientes a los responsables. Las sanciones serán, conforme a las normas vigentes, desde la imposición de multas hasta el arresto, de acuerdo con la gravedad de la infracción. En todo caso se hará el decomiso del material.
El texto de los dos primeros incisos de este artículo deberá colocarse en avisos o carteles visibles en los puertos marítimos, aéreos y terrestres del país desde los cuales o por los cuales se efectúe la salida o el ingreso de material biológico.
Colombia Art. 10 Se protege la flora colombiana, se reglamentan los jardines botánicos y se dictan otras disposiciones
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Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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