Se reglamenta el artículo 41 de la Constitución Nacional y se dictan otras disposiciones (Se reglamenta el artículo 41 de la Constitución Nacional y se dictan otras disposiciones) Colombia
Se reglamenta el artículo 41 de la Constitución Nacional y se dictan otras disposiciones
- Artículo 1o. Para poder obtener el titulo de bachiller en cualquiera de sus modalidades,...
- Artículo 2o. Los rectores de los colegios públicos y privados tendrán la...
- Artículo 3o. La Defensoría del Pueblo realizará encuentros regionales con...
- Artículo 4o. La Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado,...
- Artículo 5o. Autorízase al Gobierno Nacional para crear en asocio con entidades...
- Artículo 6o. El Gobierno Nacional garantizará que durante los treinta días...
- Artículo 7o. El Gobierno Nacional reglamentará la presente Ley en el término...
- Artículo 8o. Todos aquellos que ejerzan labores de alfabetización deberán...
- Artículo 9o. La presente Ley rige a partir de su publicación. El Presidente del...
Otras regulaciones
Se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020 Desarrollan los artículos 356 y 357 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones Se establece la obligación de implementar la portabilidad numérica La Nación se asocia a la celebración de los 410 años de fundación del municipio de ZipaquiráMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Norman Agudelo
Cómo se prueba la responsabilidad del daño en un contrato de arrendamiento de predio rural en Colombia?
Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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