Se reglamenta el ejercicio de la profesión de fisioterapia Artículo 10 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/03/2025
Se reglamenta el ejercicio de la profesión de fisioterapia
Artículo 10. Sanciones por el ejercicio ilegal de la fisioterapia
Quien ejerza ilegalmente la profesión de fisioterapia viole cualquiera de las disposiciones de que trata la presente ley o autorice, facilite, patrocine o encubra el ejercicio ilegal de la fisioterapia, incurrirá en las sanciones que la ley fija para los casos de ejercicio ilegal, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias, civiles, penales y administrativas a que haya lugar. DEL CODIGO DE ETICA PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESION DE FISIOTERAPIA
Colombia Art. 10 Se reglamenta el ejercicio de la profesión de fisioterapia, se dictan normas en materia de ética profesional y otras disposiciones
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
10/09/21 01:07:19
Si un extranjero ilegal que pasó por Trochas está ejerciendo la fisioterapia sin documentación Certificada en el país puede ser deportado?
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