Sistema General de Regalías Artículo 106 Colombia
Sistema General de Regalías
Artículo 106. Normas aplicables
Los aspectos del procedimiento administrativo no contemplados en esta ley, se regirán por el Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo (CPACA) y, en su defecto, por el Código de Procedimiento Civil en lo que sea compatible con la naturaleza de los procesos y actuaciones aquí señaladas.
Colombia Art. 106 Se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías
Mejores juristas





en institución privada deben dar licencia por matrimonio?
El Código General del Proceso en su artículo 376 indica el procedimiento que se debe adelantar en caso de que haya la necesidad de una servidumbre y el propietario del predio que debería permitir el paso, no desee hacerlo de manera voluntaria.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
el termino máximo para denunciar un delito informático cual seria
Aunque los procesos divisorios y los de rendición de cuentas tienen objetivos distintos, en los casos donde la rendición de cuentas está directamente relacionada con la administración que se realizó del bien común, es procedente tramitarla dentro del proceso divisorio.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
cual seria el procedimiento en una riña
Leer de nuevo
Se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua Artículo 4o. Reduccion de perdidas Código Nacional de Tránsito Terrestre Artículo 87. De la prohibición de llevar animales y objetos molestos en vehículos para pasajeros Código Sanitario Nacional Se rinde homenaje a la memoria al maestro Luis Eduardo Bermúdez Artículo 4o.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios