Sobre régimen político y municipal Artículo 184 Colombia
Sobre régimen político y municipal
Artículo 184.
Las atribuciones de los Alcaldes son las siguientes:
1. Cuidar de que el Concejo se reúna oportunamente y desempeñe los deberes que le corresponden;
2. Convocarlo a reuniones extraordinarias cuando un caso grave y urgente lo exija;
3. Conceder licencia a los Concejales;
4. Suministrar al Concejo los informes y datos que necesite para el buen desempeño de sus funciones;
5. Inspeccionar con frecuencia los establecimientos públicos del Municipio; para que marchen con regularidad;
6. Nombrar y remover libremente los empleados de su oficina;
7. Conceder licencia a los empleados municipales, en los casos y especificados por la ley;
8. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, leyes, ordenanzas, acuerdos y decretos que estén en vigor;
9. Velar porque los empleados en el servicio municipal desempeñen oportuna y debidamente sus funciones;
10. Presentar al Concejo los proyectos de acuerdo que juzgue convenientes a la buena marcha del Municipio, y con especialidad los de presupuestos de rentas y gastos en la época oportuna;
11. Dar posesión de sus destinos a los empleados municipales, con las excepciones que establezcan las leyes, ordenanzas y acuerdos;
12. Remitir al Gobernador, en los primeros ocho días de cada mes, los datos estadísticas del consumo de ganado mayor, lanar y de cerda;
13. Dar en el mes de diciembre un informe al Prefecto de la Provincia o al Gobernador del Departamento, cuando no exista la entidad provincial, sobre la marcha de la Administración Pública en el Municipio, y las medidas que convenga tomar para mejorarla;
14. Imponer multas hasta de veinte pesos, o arrestó hasta de seis días, a los que desobedezcan o no cumplan sus órdenes y a los que les falten al debido respeto;
15. Sancionar u objetar los acuerdos expedidos por el Concejo;
16. Ordenar los gastos municipales de acuerdo con el presupuesto y los reglamentos de contabilidad;
17. Perseguir a los reos prófugos que haya en el Municipio;
18. Nombrar los Corregidores en las fracciones en que esto deba tener lugar;
19. Nombrar los empleados municipales, siempre que la designación no esté atribuida especialmente a otra autoridad;
20. Coadyuvar activamente a las medidas que dicten los empleados de instrucción pública, y fomentar, en cuanto esté a su alcance, este ramo en el Municipio;
21. Cuidar de que los archivos de las oficinas del Municipio se conserven en perfecto buen estado y arreglo, y
22. Despachar, sin pérdida de tiempo, los exhortos y oficios que les dirijan las autoridades judiciales.
Colombia Art. 184 Sobre régimen político y municipal
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En una coopropiedad Horizontal, el Administrador, omitio liquidar los intereses de mora a los deudores.
Que se puede hacer en este caso.??
Buen dia, en una reunion se da una discusion fuerte entre varias personas y algunos en tonos amenazantes saco mi celular para grabar y dejar evidencia en caso tal me lleguen a agredir una de las personas me arrebata el celular y lo destruye, pongo el denuncio en fiscalia y me dicen que es por menor cuantia envio fotos del dano y perdida total del celular, que proceso sigue y si hay cavidad a que me respondan por mi celular y los daños sicologicos causados por las amenazas???
Sobre lo indicado al final del artículo, cada hermano de padre y madre, recibe el doble de lo que recibe cada medio hermano. Supongamos que la persona fallecida deja una herencia de $100 millones y tiene dos hermanos de padre y madre (es decir carnales) y un hermano paterno. La distribución sería la siguiente: Los hermanos carnales recibirían $40 millones cada uno, mientras que el hermano paterno recibiría $20 millones. // En otro ejemplo, si son $100 millones y son un hermano de padre y madre y 3 medio hermanos, el hermano carnal recibe $40 y los otros 3 medio hermanos $20 cada uno.
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Se incurre en falsedad material al crear un documento público que no existía, pero que de existir tendría que haber sido expedido por un servidor público en el ejercicio de sus funciones. Las fotocopias del documento falsificado genera los mismos efectos penales que el original, si sn idóneas para lograr engañar. Los documentos públicos falsificados deben representar hechos trascendentes en el ámbito social, creando, modificando o extinguiendo relaciones jurídicas. Esto implica que la acción falsaria debe recaer sobre documentos aptos para servir de prueba. La sola falsificación de un documento público ya es delito, independientemente de su uso, siempre que el documento posea la idoneidad y aptitud suficiente como para lograr engañar si se hubiese usado.
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Hay dos modalidades principales de falsedad en documento privado. Falsedad Material, que consiste en la creación total de un documento falso, la imitación de uno que ya no existe o la alteración física del contenido de un documento auténtico, (enmiendas, tachaduras o supresiones en el texto). Falsedad Ideológica: Cuando se consigna en el documento privado hechos o circunstancias ajenas a la realidad, es decir, cuando se miente sobre un aspecto que tiene efectos jurídicos, siempre que el documento sea apto para servir de prueba y sea utilizado para un negocio o acto.
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