Se aprueba el Tratado sobre delimitación marítima entre la República de Colombia y Jamaica, suscrito en Kingston el 12 de noviembre de 1993 (Tratado sobre delimitación marítima entre la República de Colombia y Jamaica) Colombia
Tratado sobre delimitación marítima entre la República de Colombia y Jamaica
- Artículo 1o. La frontera marítima entre la República de Colombia y Jamaica...
- Artículo 2o. Donde depósitos o campos de hidrocarburos o de gas natural se...
- Artículo 3o. 1. Hasta tanto se determinen los límites jurisdiccionales entre...
- Artículo 4o. 1. Las Partes acuerdan establecer una comisión conjunta, que en...
- Artículo 5o. El Datum geodésico está basado en el World Geodetic System (1984).
- Artículo 6o. Solamente para propósitos ilustrativos, la línea de...
- Artículo 7o. Cualquier controversia entre las Partes sobre la interpretación o...
- Artículo 8o. El presente Tratado está sujeto a ratificación.
- Artículo 9o. Este Tratado entrará en vigor en la fecha del canje de los...
- Artículo 10. Hecho en español e inglés, siendo ambos textos igualmente...
Otras regulaciones
Se establecen estímulos tributarios y otros, con el fin de adoptar medidas especiales La Nación rinde honores a la memoria del ex Presidente Alfonso López Michelsen La Nación se asocia a la celebración de los 78 años de existencia de una institución de servicio a la comunidad Se asocian con motivo de la conmemoración del Primer Centenario de su Fundación Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus FamiliaresMejores juristas





Recordemos que los alimentos también se pueden llegar a deber a los padres, abuelos etc que no tienen cómo sostenerse a sí mismos. Para esto, tal como ocurre con los menores de edad, se debe probar el estado de necesidad de quien reclama los alimentos, derivado de una inhabilidad para conseguir su propio sustento, la relación de familia que une al alimentado con el alimentante, la capacidad económica del hijo o nieto etc para dar alimentos y el monto de las necesidades básicas para subsistir de quien los necesita. Esta obligación de dar alimentos a los ascendientes (padres, abuelos etc) es independiente de la que existió entre el padre y el hijo en su momento, así las cosas, no se necesita probar que el padre o madre haya cumplido sus deberes con sus hijos, para poderles reclamar que le den alimentos.
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Recordemos que según los arts 251 y 252 de este mismo código existe la obligación de los hijos de cuidar del padre y madre cuando se encuentren en condiciones especiales, estado de demencia, ancianidad o en cualquier circunstancia en la que necesiten de la ayuda de sus hijos. Esto se extiende a los demás ascendientes que estén en estas circunstancias, es decir abuelos, tíos sin hijos ni padres vivos, bisabuelos etc
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según el código de comercio ¿ los actos mercantiles de que naturaleza son?
según el código de comercio ¿ los actos mercantiles de que naturaleza son?
Buenos dias , tengo una duda cuando en este caso 1 de los 9 hijos se hace cargo de la madre y ella tiene sus bienes y propiedades , la administracion de dichos bienes a quien le compete?, la madre esta lucida y en sano juicio, pero los otros hermanos quieren tener el control de todo dejando sin ayuda a la persona que se queda con ella.
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