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Qué es el Estatuto de los trabajadores
Basta con leer el primer artículo de nuestra Constitución para comprender inmediatamente que, en nuestro país, el trabajo se considera un verdadero pilar de la sociedad. De hecho, la legislación, como la de la mayoría de los países europeos, establece toda una serie de derechos y protecciones para la clase trabajadora. El principio en el que se basa este sistema de protección es sencillo: en el contrato de trabajo el trabajador es débil frente al empresario y este desequilibrio debe ser suplido por la ley, otorgando a los empleados derechos que, sin una norma legal específica, no sería posible obtener en el contrato.
En particular, existe un cuerpo legislativo que otorga numerosos derechos a favor de los trabajadores: el estatuto de los trabajadores. Pero, ¿qué es el Estatuto de los Trabajadores? La ley se titula "Normativa sobre la protección de la libertad y la dignidad de los trabajadores, la libertad sindical y la actividad sindical en el lugar de trabajo y normativa sobre el empleo". Según algunos, es casi una superley, una especie de ley reforzada que tiene casi la fuerza legal de la propia Constitución. Lo cierto es que, a pesar de que han pasado más de 40 años desde su aprobación, sigue siendo un referente normativo fundamental en la protección de los trabajadores.
Los derechos de los trabajadores en la Constitución
La Constitución italiana suele definirse como una Constitución laboral. Y es que, a partir del artículo 1, se establece claramente que el trabajo es el fundamento de toda la República.
La Constitución parte del supuesto de que el trabajo es aquella actividad humana que permite al individuo elevar su personalidad, afirmarse en la sociedad, disponer de los recursos necesarios para vivir con dignidad y, desde el punto de vista público, el trabajo del individuo contribuye también al progreso de toda la nación.
Por lo tanto, la Constitución establece una serie de derechos para proteger a los trabajadores, entre ellos:
Derecho al trabajo: todo ciudadano tiene el derecho y el deber de trabajar. El derecho al trabajo no significa que puedas esperar que el Estado te encuentre un empleo, sino que debe interpretarse en el sentido de que las instituciones deben promover políticas públicas orientadas al pleno empleo de los ciudadanos;
protección del trabajo en todas sus formas y expresiones;
derecho a un salario justo: el trabajador tiene derecho a un salario proporcional a la cantidad y calidad del trabajo realizado y, en todo caso, suficiente para garantizar una existencia libre y digna para él y su familia;
La protección de las mujeres trabajadoras y del trabajo infantil [4]: en particular, se establece que los menores y las mujeres no pueden ser tratados peor que los trabajadores varones;
derecho a la seguridad social: el trabajador tiene derecho a ser apoyado económicamente por el Estado si, debido a un hecho de la vida que le incapacita para trabajar, pierde la capacidad de trabajar como en el caso de enfermedad, accidente, incapacidad laboral, vejez, desempleo involuntario;
libertad sindical: todo trabajador tiene derecho a afiliarse a una organización sindical y a hacer campaña. Asimismo, todo trabajador tiene derecho a no afiliarse a ningún sindicato;
derecho a la huelga: se reconoce como derecho del trabajador lo que hasta hace unos años era incluso un delito, es decir, la huelga que consiste en abstenerse de trabajar como acto de protesta contra el empresario o como acto político.
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De la ley 522 CPM una vez finalizada la audiencia de corte marcial que plazo tiene el juez para dar lectura al fallo o su equivalente
En caso de declaración de indignidad ¿cuánto tiempo hay para declarar la misma?
En el caso de la restitución de los frutos que se recibieron como efecto de una promesa de compraventa que finalmente se declaró nula, es necesario aclarar que la nulidad retrotrae las cosas a su estado anterior, es decir, a como estaban antes de existir el contrato nulo. En estos casos, se debe tener en cuenta la buena o mala fe únicamente para determinar si los frutos son reclamables o no (si se actuó con buena fe no se deben devolver los frutos, pero si se actuó con mala fe por parte del comprador, sí se deben restituir), es decir, que la mala fe no se usa para saber desde cuándo se deben los frutos, pues ya es claro en Colombia que estos se deben desde la fecha a partir de la cual se celebró el contrato nulo y como efecto de este se tomó posesión del bien, se realizó la entrega o se dio cumplimiento a la obligación contenida en el contrato.
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me Podrían dar mas explicación sobre el artículo 260
Cuando se quiere dejar sin efectos una escritura pública por que le faltan alguno de sus requisitos, es importante diferenciar la llamada "nulidad formal de los instrumentos públicos" que indica el Decreto 960 de 1970, de la nulidad absoluta sustancial del contrato por falta de requisitos, que establece este art 1740 del Cód Civil. // Como durante el proceso de perfeccionamiento de una escritura puede incurrirse en nulidad, porque no se da cumplimiento a sus requisitos esenciales o se pueden ocurrir irregularidades de menor entidad desde el punto de vista formal, el Decreto 960 habla en su Título III a la "Invalidez y Subsanación de los Actos Notariales". De los primeros, se ocupa en forma específica el artículo 99 del Decreto en mención, casos en los cuales se juzga el vicio de que se trate, con la invalidez del acto notarial en cuestión. En cuanto a las demás irregularidades, éstas pueden ser objeto de subsanación, enmienda o corrección, y de ello se ocupan las restantes normas del Título III del decreto 960. Esto cuando a pesar de haberse cumplido los requisitos esenciales de la escritura, por una circunstancia ajena a las partes, esta no alcanzó a nacer a la vida jurídica. Por ejemplo cuando el notario no la firmó porque se retiró del cargo, en tal caso, quien ocupe el nuevo cargo podrá suscribir con posterioridad el documento para elevarlo a la categoría de escritura pública, previa autorización de la Superintendencia de Notariado y Registro.
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