Código Civil Artículo 2030 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024
Código Civil
Artículo 2030. Otras obligaciones del arrendatario
El inquilino es, además, obligado a mantener las paredes, pavimentos y demás partes interiores del edificio medianamente aseadas; a mantener limpios los pozos, acequias y cañerías, y a deshollinar las chimeneas. La negligencia grave bajo cualquiera de estos respectos dará derecho al arrendador para indemnización de perjuicios, y aún para hacer cesar inmediatamente el arriendo en casos graves.
Colombia Art. 2030 CC
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
21/04/24 20:49:34
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
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