Código Penal Militar
Artículo 592. Acusado privado de la libertad
Código Penal Militar Artículo 592 Colombia
El juez podrá ordenar su excarcelación siempre y cuando los cargos por los cuales fue encontrado culpable fueren susceptibles, al momento de dictar sentencia, del otorgamiento de un subrogado penal.
Colombia Art. 592 CPM
Colombia Art. 592 CPM