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El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un nuevo país Artículo 243 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un nuevo país
Artículo 243. Reconocimiento de deuda en sentencias y conciliaciones judiciales

Para efectos de lo establecido en el artículo 29 de la Ley 344 de 1996, en el marco de las leyes que lo implementen, entiéndase que la referencia a las sentencias y conciliaciones judiciales es aplicable a otros mecanismos de solución alternativa de conflictos, tales como la amigable composición, que tengan efectos de cosa juzgada en última instancia en los términos del Código Civil y en los que participe el Ministerio Público.



Colombia Art. 243 El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un nuevo país
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.


Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..


Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?


Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?



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