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La Nación se vincula a la celebración del Bicentenario del Primer Congreso General de la República d Artículo 9 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

La Nación se vincula a la celebración del Bicentenario del Primer Congreso General de la República de Colombia celebrado en la Villa del Rosario en 1821
Artículo 9. Planes y programas

El Gobierno nacional está autorizado para incluir dentro de las próximas apropiaciones presupuestales los siguientes planes y programas para la recuperación y protección especial del Patrimonio Histórico y Cultural de los rosarienses, con destino a la realización de proyectos de impacto en la salvaguarda, preservación y divulgación de la memoria histórica, documental, arqueológica y arquitectónica del municipio beneficiario de la presente ley. 

a) Programa de ampliación y mejoramiento de la estructura vial. El Gobierno nacional está autorizado para incluir dentro de las próximas apropiaciones presupuestales recursos para la ampliación y habilitación de vías donde converge el complejo histórico sede del Congreso Constituyente de 1821. 

b) Programa de Protección y Promoción de la cultura regional y local como componente vital de la cultura nacional colombiana. El Gobierno nacional está autorizado para incluir las apropiaciones presupuestales de recursos para adelantar proyectos específicos conducentes a la recuperación, salvaguarda conocimiento y divulgación de las expresiones culturales regionales y locales, así como de los elementos identitarios de sus pueblos; realizando acciones para proteger el patrimonio cultural y fortalecer su función social. 

c) Programa de fortalecimiento turístico. El Gobierno nacional está autorizado para incluir dentro de las próximas apropiaciones presupuestales recursos para la promoción empresarial del sector y la pavimentación de los anillos o circuitos turísticos del municipio objeto de la presente ley. 

d) Plan de conservación y divulgación de documentación histórica. El Gobierno nacional está autorizado para incluir dentro de las próximas apropiaciones presupuestales recursos para la recuperación, restauración, sistematización, digitalización y puesta al servicio en línea del Archivo Histórico Notarial de Villa del Rosario que se encuentra en la iglesia Nuestra Señora del Rosario, el Archivo Histórico Municipal de Villa del Rosario y todos los acervos documentales que se encuentren en riesgo de deterioro por carencia de los medios de conservación, recuperación y preservación adecuados. 

e) Plan de producción de bibliografía histórica. Edición de obra historiográfica individual y colectiva que dé cuenta del nacimiento de la República de Colombia y su devenir histórico a lo largo de sus 200 años, dirigida al sistema educativo, red de bibliotecas públicas, depósito legal, centros de documentación y servicios culturales. 

f) Obra Historiográfica de Villa del Rosario. Realización de un estudio historiográfico integral, crítico y bien documentado sobre el devenir histórico de Villa del Rosario; editado, ilustrado y publicado con amplia divulgación. 

g) Obras Específicas para Villa del Rosario. El Gobierno nacional está autorizado para incluir dentro de las próximas apropiaciones presupuestales, recursos para: 

1. Reconstrucción del segundo piso del museo nacional La Bagatela. 

2. Recuperación y restauración de los bienes de interés cultural que se encuentran dentro del complejo histórico de Villa del Rosario. 

3. Recuperación y construcción del cuartel general de Villa del Rosario. 

4. Adquisición del lote adjunto al Museo Nacional La Bagatela para la construcción del monumento Paseo de los Próceres. 

5. Reconstrucción del monumento denominado Mesón de Tres Esquinas. 

6. Restauración de la Estación del ferrocarril K-14 de Villa del Rosario. 

h) Plan Conmemorativo. Bajo la dirección del Ministerio de Cultura se realizarán eventos conmemorativos en la Villa del Rosario en los bienes de interés cultural que hacen parte del complejo histórico, según cronograma que para el efecto se establezca; coincidentes con las fechas de las sesiones del Congreso Constituyente según actas de 1821. Dentro de dicha programación se incluirán exposiciones artísticas, conciertos, conversatorios históricos, exposiciones museísticas y eventos académicos. 

i) Plan de difusión conmemorativa. Bajo la dirección del Ministerio de Cultura y en coordinación con las autoridades del ente territorial anfitrión del Congreso Constituyente de Villa. del Rosario de 1821 se realizará una amplia difusión de esta conmemoración a nivel nacional. 



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Si un automóvil se moviliza sin SOAT y es detenido por un guarda y se le impone la multa por esta causa, pero el mismo día la infracción es detectada por cámara de fotomulta y también se impone multa por este medio, ¿el pago de la multa impuesta por guarda de tránsito, exonera del pago de la multa impuesta por la cámara?


hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?


se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco


Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.


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