Ley de Formalización y Generación de Empleo (Ley de Formalización y Generación de Empleo) Colombia
Ley de Formalización y Generación de Empleo
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Definiciones
- Artículo 3o. Focalización de los programas de desarrollo empresarial
- Artículo 4o. Progresividad en el pago del impuesto sobre la renta
- Artículo 5o. Progresividad en el pago de los parafiscales y otras contribuciones de nómina
- Artículo 6o. Progresividad en el pago del impuesto de industria y comercio y otros impuestos
- Artículo 7o. Progresividad en la matrícula mercantil y su renovación
- Artículo 8o. Los beneficios establecidos en los artículos 4o, 5o y 7o de la...
- Artículo 9o. Descuento en el impuesto sobre la renta y complementarios de los aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina
- Artículo 10. Descuento en el impuesto sobre la renta y complementarios de los aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina para los empleadores que contraten personas en situación de desplazamiento, en proceso de reintegración o en condición de discapacidad
- Artículo 11. Descuento en el impuesto sobre la renta y complementarios de los aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina
- Artículo 12. Prohibición de acumulación de beneficios
- Artículo 13. Descuento en el impuesto sobre la renta y complementarios de los aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina en relación a los trabajadores de bajos ingresos
- Artículo 14. Prohibición de acumulación de beneficios
- Artículo 15. Aplicación de retención en la fuente para independientes
- Artículo 16. Apoyos económicos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional
- Artículo 17. Objeciones al reglamento de trabajo
- Artículo 18. Descuentos prohibidos
- Artículo 19. Trámite de los préstamos
- Artículo 20. Compensación en dinero de las vacaciones
- Artículo 21. Financiación de viviendas
- Artículo 22. Publicación reglamento de trabajo
- Artículo 23. Descongestión administrativa
- Artículo 24. Determinación de la causal de disolución de una sociedad
- Artículo 25. Liquidación privada de sociedades sin pasivos externos
- Artículo 26. Depósito de acreencias no reclamadas
- Artículo 27. Adjudicación adicional
- Artículo 28. Acciones contra socios y liquidadores en la liquidación voluntaria
- Artículo 29. Reactivación de sociedades y sucursales en liquidación
- Artículo 30. El artículo 10 de la Ley 1116 de 2006 quedará así:...
- Artículo 31. Disposiciones comunes sobre liquidación privada
- Artículo 32. Sin perjuicio de la responsabilidad penal o de cualquiera otra índole...
- Artículo 33. Los numerales primero y tercero del artículo 13 de la Ley 1116 de 2006...
- Artículo 34. Agréguense dos parágrafos al artículo 17 de la Ley 1116...
- Artículo 35. Intervención de promotor en los procesos de reorganización
- Artículo 36. El artículo 29 de la Ley 1116 de 2006 quedará así:...
- Artículo 37. El artículo 30 de la Ley 1116 de 2006 quedará así:...
- Artículo 38. El artículo 31 de la Ley 1116 de 2006, quedará así:...
- Artículo 39. El artículo 37 de la Ley 1116 de 2006 quedará así:...
- Artículo 40. Medios electrónicos
- Artículo 41. El artículo 123 de la Ley 1116 de 2006 quedará así:...
- Artículo 42. Exclusión de la presentación personal de los poderes para adelantar trámites ante la superintendencia de industria y comercio
- Artículo 43. Los numerales 4 y 7 del artículo 85 de la Ley 222 de 1995...
- Artículo 44. El artículo 121 de la Ley 1116 de 2006 quedará así:...
- Artículo 45. Progresividad en el cobro de tasas por servicios requeridos para el desarrollo formal de las actividades empresariales para las pequeñas empresas
- Artículo 46. Beneficios derivados del sisbén
- Artículo 47. Modifíquese el artículo 72 de la Ley 300 de 1996, el cual quedará de la...
- Artículo 48. Prohibición para acceder a los beneficios de esta ley
- Artículo 49. Sanciones por el suministro de información falsa
- Artículo 50. Depuración del registro mercantil
- Artículo 51. Artículo derogado
- Artículo 52. Objetivo del sistema
- Artículo 53. Responsable de la operación del sistema
- Artículo 54. Comisión asesora del sistema
- Artículo 55. Funciones de la comisión asesora del sistema
- Artículo 56. Boletín de demanda laboral insatisfecha
- Artículo 57. Deber de suministrar la información
- Artículo 58. Consolidación operativa de la información
- Artículo 59. Artículo derogado
- Artículo 60. Sistema nacional de formación de capital humano
- Artículo 61. Creación del registro rural colombiano
- Artículo 62. Difusión de esta ley
- Artículo 63. Contratación de personal a través de cooperativas de trabajo asociado
- Artículo 64. Para los empleos que requieran título de profesional o...
- Artículo 65. Vigencia y derogatorias
Otras regulaciones
La creación de un programa que preserve el estado sanitario de país libre de Influenza Aviar Se protege el patrimonio espeleológico colombiano Se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización, y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional Se dota a las asociaciones mutualistas de identidad, autonomía y vinculación a la economía del país como empresas solidarias Se crea el programa escuela para padres y madres en las instituciones de educación preescolar, básica y media del paísMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Abogado Jesús Crúz Olivella
Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
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Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.
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