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Por medio del cual se modifica la ley 582 de 2000 y se dictan otras disposiciones Artículo 6 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Por medio del cual se modifica la ley 582 de 2000 y se dictan otras disposiciones
Artículo 6. Organizacion de los organismos deportivos para personas con y/o en condicion de discapacidad

Los  organismos deportivos para personas con y/o en condición de discapacidad se organizaran por deporte, de acuerdo a los siguientes lineamientos del Comite Paralfmpico Internacional:

1. En aquellos deportes donde la Federación Deportiva Internacional y el Comite Paralfmpico Internacional hayan  integrado el deporte  para  personas  con y/o en condición de discapacidad al deporte convencional, los  organismos deportivos de todos los niveles deberan proceder de conformidad con dicha obligación;

2.Los deportes en los cuales el Comite Paralfmpico Internacional y la Federación Deportiva Internacional de deporte convencional no haya integrado el deporte para personas con y/o en condición de discapacidad, tendran la gobernanza directaen el Comite Paralfmpico Colombiano, manteniendose y/o conformandose segun corresponda, los organismos deportivos de niveles departamental y municipal por deporte;


3.Los deportes gobernados internacionalmente por las "Organizaciones internacionales de deporte para personas en condición de discapacidad" (IOSDs) seguiran siendo manejados en el pals por las Federaciones Deportivaspor discapacidad, y se mantendran y/o conformaran segun corresponda, los organismos deportivos de esas discapacidades en todos los niveles.

4.En aquellos deportes exclusivos para personas con y/o en condición de discapacidad,se constituiran los respectivos organismos deportivos por deporte.

Paragrafo primero. En el evento en el que, con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, la Federación Deportiva Internacional y el Comite Paralfmpico Internacional segun el caso, determinen un cambio en la gobernanza de los deportes a nivel internacional, dicho cambio debera ser acogido en el pals de la misma manera en un plazo maxima de dos (2) anos.

Paragrafo segundo. Solo podra existir por deporte, una (1) Liga Deportiva y una (1) Federación Deportiva de deporte convencional que integre el deporte de personas con discapacidad, y una (1) Liga Deportiva y una (1) Federación Deportiva de deporte para personas con y/o en condición de discapacidad.



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Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?


Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.

Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal


Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.


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