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Se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá Artículo 177 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá
Artículo 177. Revisorias fiscales

Salvo la función de control fiscal que asumirá la Contraloría Distrital, las revisarías fiscales de las empresas de energía, de teléfonos y de acueducto y alcantarillado continuarán cumpliendo sus atribuciones hasta el vencimiento de­ período para el cual fueron elegidos sus actuales titulares.

Los cargos de libre nombramiento y remoción en dichas revisarías fiscales conservarán tal carácter hasta la fecha señalada, en la cual se suprimirán.

- Consejo de Estado Sala de Consulta y Servicio Civil, Concepto No. 1816 de 3 de mayo de 2007 (autorizada publicación mediante Of. de 20/06/2007), C.P. Dr. Flavio Augusto Rodríguez Arce

Colombia Art. 177 Se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá
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cordial saludo,

laboro en una compañía desde hace 8 años ,donde tengo contrato indefinido con categoría de dirección manejo y confianza,pero nunca he recibido recargos nocturnos,dominicales y festivos

  1. la consulta mía es,tengo derecho a esos recargos como empleado de dirección manejo y confianza?
  2. trabajo 3 o en ocasiones todos los domingos del mes y siempre me llega igual mi salario.
  3. tengo 2 nocturnos uno de 5:30 a 16:00 y otro de 15:00 a 00:00 o hasta mas.

que puedo hacer en este caso?


hace mas de 15años el antiguo propietario de una propiedad horizontal hizo modificaciones yo tome en arriendo 2010 y compre enel año 2016 el administrador llevo a una audiencia publica tengo en tendido que la infraccion vencio despues de 3 años q puedo hacer


se puede circular en un vehiculo que ha perdio una luz exterior delantera y el direccional que viene vinculado a dicha luz entre las 6am y las 6pm?


No obstante este artículo 718 del código de comercio indica que el cheque debe cobrarse dentro de los 15 días después de su fecha, para efectos de la prescripción debemos dirigirnos al artículo 721, en el que se dice que el banco debe pagar el cheque incluso luego de 6 meses, por lo que su prescripción es de 6 meses.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

Email: [email protected]

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WhatsApp: 573166406899

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Cordial saludo, somos de montenegro galindo abogados, y en nuestro email funciona sólo a veces. ¿Podrían ayudarnos a volver a ingresar o arreglar esto? [email protected]


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