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Se fija el régimen propio del monopolio rentístico de licores destilados Artículo 24 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se fija el régimen propio del monopolio rentístico de licores destilados
Artículo 24. Prácticas restrictivas a la competencia

Las autoridades departamentales podrán solicitar a la Superintendencia de Industria y Comercio la evaluación de la existencia de prácticas restrictivas a la competencia y el establecimiento de medidas cautelares así como de las medidas correctivas y de sanción que correspondan.

PARÁGRAFO 1o. La Superintendencia de Industria y Comercio monitoreará permanentemente el mercado de licores con el fin de asegurar que los precios del mercado se ajustan a las leyes que regulan la competencia. La Superintendencia entregará un informe escrito anual a la Federación Nacional de Departamentos y al Gobierno nacional sobre las condiciones del mercado de estos productos.

PARÁGRAFO 2o. Cuando la Superintendencia de Industria y Comercio, con motivo de una investigación administrativa por prácticas restrictivas de la competencia, sancione a un productor, introductor o en general a cualquier persona por su participación en una actividad económica relacionada con el mercado de licores destilados, podrá imponer de manera accesoria la inhabilidad para adelantar dicha actividad hasta por dos años. A los efectos de graduar esta multa se tendrán en cuenta los criterios de los artículos 25 y 26 de la Ley 1340 de 2009 o cualquier otra disposición que la sustituya o modifique. Esta inhabilidad se aplica igualmente a quienes pretendan obtener un permiso para iniciar la actividad de introducción de licores en un departamento.

Colombia Art. 24 Se fija el régimen propio del monopolio rentístico de licores destilados, se modifica el impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, y se dictan otras disposiciones
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.


Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..


Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?


Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?



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