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Se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías Artículo 106 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías
Artículo 106. Viabilidad y registro de los proyectos de inversión

La viabilidad de los proyectos de inversión de los que trata este capítulo se adelantará con sujeción a la metodología general que defina el Depar­tamento Nacional de Planeación, en el marco del inciso 1° del artículo anterior (Formulación y presentación de los proyectos de inversión). 

 

Los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con cargo al porcentaje de la Asignación para la Inversión Local correspondiente al Pueblos Rrom o Gitano serán viabilizados y registrados por la Comi­sión Nacional de Diálogo. 



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