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C Cio Artículo 1o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/03/2024

Código de Comercio
Artículo 1o. Aplicabilidad de la ley comercial

Los comerciantes y los asuntos mercantiles se regirán por las disposiciones de la ley comercial, y los casos no regulados expresamente en ella serán decididos por analogía de sus normas.



Colombia Art. 1o CCom, CDC, C Co
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Artículo 1o 2o 3o ...2038

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Los comentarios de los usuarios

Buenos días, la cotización u oferta, en materia mercantil tiene efectos vinculantes sobre ella, es decir, si se hace durante la vigencia de la oferta el comerciante eestá obligado a mantener el precio, de lo contrario dependiendo del medio por el cual se hizo es posible iniciar una queja ante la SIC por información falsa o publicidad engañosa.


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Que pasa si una empresa no me quiere sostener el precio de una cotización

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