Se aprueba la Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad, adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 (Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad) Colombia
Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad
- Artículo 1. PROPÓSITO
- Artículo 2. DEFINICIONES
- Artículo 3. PRINCIPIOS GENERALES
- Artículo 4. OBLIGACIONES GENERALES
- Artículo 5. IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN
- Artículo 6. MUJERES CON DISCAPACIDAD
- Artículo 7. NIÑOS Y NIÑAS CON DISCAPACIDAD
- Artículo 8. TOMA DE CONCIENCIA
- Artículo 9. ACCESIBILIDAD
- Artículo 10. DERECHO A LA VIDA
- Artículo 11. SITUACIONES DE RIESGO Y EMERGENCIAS HUMANITARIAS
- Artículo 12. IGUAL RECONOCIMIENTO COMO PERSONA ANTE LA LEY
- Artículo 13. ACCESO A LA JUSTICIA
- Artículo 14. LIBERTAD Y SEGURIDAD DE LA PERSONA
- Artículo 15. PROTECCIÓN CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES
- Artículo 16. PROTECCIÓN CONTRA LA EXPLOTACIÓN, LA VIOLENCIA Y EL ABUSO
- Artículo 17. PROTECCIÓN DE LA INTEGRIDAD PERSONAL
- Artículo 18. LIBERTAD DE DESPLAZAMIENTO Y NACIONALIDAD
- Artículo 19. DERECHO A VIVIR DE FORMA INDEPENDIENTE Y A SER INCLUIDO EN LA COMUNIDAD
- Artículo 20. MOVILIDAD PERSONAL
- Artículo 21. LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE OPINIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
- Artículo 22. RESPETO DE LA PRIVACIDAD
- Artículo 23. RESPETO DEL HOGAR Y DE LA FAMILIA
- Artículo 24. EDUCACIÓN
- Artículo 25. SALUD
- Artículo 26. HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN
- Artículo 27. TRABAJO Y EMPLEO
- Artículo 28. NIVEL DE VIDA ADECUADO Y PROTECCIÓN SOCIAL
- Artículo 29. PARTICIPACIÓN EN LA VIDA POLÍTICA Y PÚBLICA
- Artículo 30. PARTICIPACIÓN EN LA VIDA CULTURAL, LAS ACTIVIDADES RECREATIVAS, EL ESPARCIMIENTO Y EL DEPORTE
- Artículo 31. RECOPILACIÓN DE DATOS Y ESTADÍSTICAS
- Artículo 32. COOPERACIÓN INTERNACIONAL
- Artículo 33. APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO NACIONALES
- Artículo 34. COMITÉ SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
- Artículo 35. INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
- Artículo 36. CONSIDERACIÓN DE LOS INFORMES
- Artículo 37. COOPERACIÓN ENTRE LOS ESTADOS PARTES Y EL COMITÉ
- Artículo 38. RELACIÓN DEL COMITÉ CON OTROS ÓRGANOS
- Artículo 39. INFORME DEL COMITÉ
- Artículo 40. CONFERENCIA DE LOS ESTADOS PARTES
- Artículo 41. DEPOSITARIO
- Artículo 42. FIRMA
- Artículo 43. CONSENTIMIENTO EN OBLIGARSE
- Artículo 44. ORGANIZACIONES REGIONALES DE INTEGRACIÓN
- Artículo 45. ENTRADA EN VIGOR
- Artículo 46. RESERVAS
- Artículo 47. ENMIENDAS
- Artículo 48. DENUNCIA
- Artículo 49. FORMATO ACCESIBLE
- Artículo 50. TEXTOS AUTÉNTICOS
Otras regulaciones
Se dictan disposiciones en materia del Talento Humano en Salud Tratado de la OMPI -Organización Mundial de la Propiedad Intelectual- sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas La Nación se asocia a la celebración de los 464 años de existencia del Municipio de Malambo en el Departamento del Atlántico Se adoptan medidas para la gestión y transparencia en el Sistema de Seguridad Social en Salud Acuerdo entre la República de Colombia y la República de Chile para la Promoción y Protección Recíproca de las InversionesMejores juristas
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Abogado Jesús Crúz Olivella
Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
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Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.
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