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Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral Artículo 17 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral
Artículo 17. Oficina de vigilancia y fortalecimiento democrático

Son funciones de la Oficina de Vigilancia y Fortalecimiento Democrático, las siguientes:

1. Implementar, bajo los lineamientos de la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral, las estrategias de vigilancia definidas y aprobadas en el Plan de Vigilancia e Inspección Electoral.

2. Proponer a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral iniciativas para el fomento y promoción de la participación ciudadana (veedurías, organizaciones de observación electoral, encuentros regionales, alertas de riesgo, entre otras), y coordinar todas las acciones administrativas pertinentes para su ejecución oportuna.

3. Elaborar el mapa de riesgos electorales que permita al Consejo contar con información actualizada, oportuna y completa para el cumplimiento de sus funciones de vigilancia e inspección, y proponer a la Sala Plena estrategias de mitigación.

4. Hacer seguimiento a los lineamientos impartidos por la Sala Plena, para la garantía y protección de los derechos consagrados del Estatuto de la oposición.

5. Gestionar el seguimiento de los lineamientos que permitan el ejercicio pleno de los derechos políticos de las minorías, comunidades étnicas, género, personas en condiciones de discapacidad, y demás sujetos de especial protección constitucional.

6. Mantener actualizado el Registro Único de Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas, en los medios que el Consejo disponga para ello, de acuerdo con lineamientos establecidos por la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral.

7. Mantener actualizado el Registro de las firmas encuestadoras y de opinión política de conformidad con la normativa vigente.

8. Proponer a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral iniciativas de formación y capacitación (seminarios, foros, diplomados, talleres, entre otros) para el fortalecimiento de la cultura democrática, y coordinar todas las acciones administrativas pertinentes para su ejecución oportuna.

9. Definir y proponer a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral las temáticas, contenidos, y las iniciativas de formación y capacitación para el fortalecimiento de una cultura democrática.

10. Coordinar con las entidades que intervienen en el proceso electoral, actividades en materia de fortalecimiento democrático, formación y capacitación, conforme a los lineamientos establecidos por la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral.

11. Coordinar con la Dirección de Gestión Corporativa las agendas de formación y capacitación dirigida a los servidores públicos del Consejo Nacional Electoral sobre la normativa vigente del sistema político y electoral colombiano.

12. Recolectar y consolidar bajo los criterios de la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral, la información de las variables electorales y no electorales.

13. Proveer a la Sala Plena de documentos de investigación y análisis para publicaciones en temas electorales, a partir del tratamiento y análisis de la información proveniente del comportamiento de las variables electorales y no electorales descritas en la normatividad vigente.

14. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Colombia Art. 17 Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral
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Buenas tardes, si un menor se 14 años tiene relaciones con su novia de 13 años desde hace varios meces, con la ayuda de los padres de la niña. Le permiten a mi hijo que se encierre con la niña en su casa y los padres de la niña lo niegan cuando preguntamos por él y se enojan si vamos a buscarlo. ¿Que podemos hacer a nivel legal para darle fin a esta citación?. Muchas gracias


El artículo 29 de la Constitución Política de Colombia establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y en este caso al tratarse del hecho de conducir sin SOAT, puedes solicitar en la audiencia contravencional que te exoneren del pago de la fotomulta porque ya pagaste una multa en relación al mismo hecho y basado en este artículo no te pueden juzgar de nuevo en relación al mismo hecho.


Si un automóvil se moviliza sin SOAT y es detenido por un guarda y se le impone la multa por esta causa, pero el mismo día la infracción es detectada por cámara de fotomulta y también se impone multa por este medio, ¿el pago de la multa impuesta por guarda de tránsito, exonera del pago de la multa impuesta por la cámara?


hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?


se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco


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