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Se promueve la participación de niñas, adolescentes y mujeres en ciencia, tecnología, ingeniería y m Artículo 5 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Se promueve la participación de niñas, adolescentes y mujeres en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas
Artículo 5. Orientaciones

El Gobierno nacional a través del Ministerio de Educación Nacional establecerá orientaciones para la adecuada promoción de Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas para niñas y adolescentes en concordancia con el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y la práctica educativa comunitaria.

Estas orientaciones deberán presentar las prioridades en la acción educativa para un desarrollo profesional docente que lleve a la integración de los conocimientos, a pensar nuevas metodologías didácticas que promocione el interés y fomento de las competencias de las niñas y adolescentes en las áreas de Ciencia y Tecnología y visibilice el trabajo desarrollado por las mujeres en las áreas de Ciencias, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas.

Las instituciones de educación básica y media podrán generar estrategias que permitan visibilizar el trabajo desarrollado por las mujeres en las áreas de la Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas, con el objetivo de evidenciar la relevancia de estas carreras en el mercado laboral, sus aportes al desarrollo sostenible del país y al mejoramiento de la vida de la población colombiana.

Las instituciones de educación básica y media fomentarán la realización de actividades relacionadas con las áreas de la Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas desde edades tempranas, y tendrán la facultad de crear desde las diferentes asociaciones, consejos o grupos de padres de familia, espacios para el fortalecimiento de creencias y expectativas familiares orientadas hacia las potencialidades de la temática STEM, como factores determinantes e influenciadores para la elección de carreras en estas áreas por parte de niñas y jóvenes.

Las instituciones, centros u organizaciones podrán propender por la utilización de recursos y/o herramientas que incluyan referentes femeninos, libres de estereotipos y que utilicen lenguaje incluyente para el desarrollo de sus prácticas académicas, asegurando el acceso en igualdad y equidad de condiciones para todos los integrantes de esos escenarios y generando interés en las áreas STEM.



Colombia Art. 5 Se promueve la participación de niñas, adolescentes y mujeres en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas
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cordial saludo,

laboro en una compañía desde hace 8 años ,donde tengo contrato indefinido con categoría de dirección manejo y confianza,pero nunca he recibido recargos nocturnos,dominicales y festivos

  1. la consulta mía es,tengo derecho a esos recargos como empleado de dirección manejo y confianza?
  2. trabajo 3 o en ocasiones todos los domingos del mes y siempre me llega igual mi salario.
  3. tengo 2 nocturnos uno de 5:30 a 16:00 y otro de 15:00 a 00:00 o hasta mas.

que puedo hacer en este caso?


hace mas de 15años el antiguo propietario de una propiedad horizontal hizo modificaciones yo tome en arriendo 2010 y compre enel año 2016 el administrador llevo a una audiencia publica tengo en tendido que la infraccion vencio despues de 3 años q puedo hacer


se puede circular en un vehiculo que ha perdio una luz exterior delantera y el direccional que viene vinculado a dicha luz entre las 6am y las 6pm?


No obstante este artículo 718 del código de comercio indica que el cheque debe cobrarse dentro de los 15 días después de su fecha, para efectos de la prescripción debemos dirigirnos al artículo 721, en el que se dice que el banco debe pagar el cheque incluso luego de 6 meses, por lo que su prescripción es de 6 meses.


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