Decreto Se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos (Decreto Se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos) Colombia
Decreto Normas sobre armas, municiones y explosivos
- Artículo 1o. Ambito
- Artículo 2o. Exclusividad
- Artículo 3o. Permiso del estado
- Artículo 4o. Exclusion de responsabilidad
- Artículo 5o. Definicion
- Artículo 6o. Definicion de armas de fuego
- Artículo 7o. Clasificacion
- Artículo 8o. Armas de guerra o de uso privativo de la fuerza publica
- Artículo 9o. Armas de uso restringido
- Artículo 10. Armas de uso civil
- Artículo 11. Armas de defensa personal
- Artículo 12. Armas deportivas
- Artículo 13. Armas de coleccion
- Artículo 14. Armas prohibidas
- Artículo 15. Accesorios prohibidos
- Artículo 16. Tenencia de armas y municiones
- Artículo 17. Porte de armas y municiones
- Artículo 18. Transporte de armas
- Artículo 19. Perdida, hurto o destruccion de armas
- Artículo 20. Permisos
- Artículo 21. Clasificacion de los permisos
- Artículo 22. Permiso para tenencia
- Artículo 23. Permiso para porte
- Artículo 24. Permiso especial
- Artículo 25. Excepciones
- Artículo 26. Autorizaciones a personas naturales
- Artículo 27. Autorizaciones para personas juridicas
- Artículo 28. Autorizaciones para inmuebles rurales
- Artículo 29. Misiones diplomaticas
- Artículo 30. Autorizacion para instalacion de poligonos
- Artículo 31. Comite de armas del ministerio de defensa nacional
- Artículo 32. Competencia
- Artículo 33. Requisitos para solicitud de permiso para tenencia
- Artículo 34. Requisitos para solicitud de permiso para porte
- Artículo 35. Informacion a la autoridad
- Artículo 36. Cambio de domicilio
- Artículo 37. Costo del uso del arma y su devolucion
- Artículo 38. Revalidacion
- Artículo 39. Requisitos para revalidacion
- Artículo 40. Perdida de vigencia de permisos
- Artículo 41. Suspension
- Artículo 42. Suspension voluntaria
- Artículo 43. Extravio de permisos
- Artículo 44. Solicitud para la cesion del uso de armas
- Artículo 45. Procedencia de la cesion
- Artículo 46. Definicion
- Artículo 47. Clasificacion
- Artículo 48. Venta de municiones
- Artículo 49. Prohibicion
- Artículo 50. Definicion
- Artículo 51. Venta
- Artículo 52. Responsabilidad
- Artículo 53. Transporte aereo
- Artículo 54. Transporte de explosivos
- Artículo 55. Provision y registro de explosivos
- Artículo 56. Cesion
- Artículo 57. Importacion y exportacion de armas, municiones y explosivos
- Artículo 58. Importacion y exportacion temporal
- Artículo 59. Funcionamiento
- Artículo 60. Reparacion de armas
- Artículo 61. Medidas de seguridad
- Artículo 62. Importaciones de materias primas
- Artículo 63. Afiliacion
- Artículo 64. Control a clubes
- Artículo 65. Responsabilidad
- Artículo 66. Venta a socios
- Artículo 67. Control a socios
- Artículo 68. Retiro de socios
- Artículo 69. Devolucion de armas
- Artículo 70. Coleccionistas de armas de fuego
- Artículo 71. Asociaciones de coleccionistas de armas
- Artículo 72. Deposito
- Artículo 73. Creacion de asociaciones
- Artículo 74. Control de asociaciones
- Artículo 75. Responsabilidad de los coleccionistas
- Artículo 76. Informacion a la autoridad
- Artículo 77. Uso de armas para servicios de vigilancia y seguridad privada
- Artículo 78. Idoneidad para el uso de armas
- Artículo 79. Tenencia y porte
- Artículo 80. Devolucion de las armas
- Artículo 81. Devolucion transitoria de las armas
- Artículo 82. Devolucion de material inservible
- Artículo 83. Competencia
- Artículo 84. Incautacion de armas, municiones y explosivos
- Artículo 85. Causales de incautacion
- Artículo 86. Competencia
- Artículo 87. Multa
- Artículo 88. Competencia
- Artículo 89. Decomiso de armas, municiones, explosivos y sus accesorios
- Artículo 90. Acto administrativo
- Artículo 91. Recursos
- Artículo 92. Decomiso en virtud de sentencia judicial o acto administrativo
- Artículo 93. Remision del material decomisado
- Artículo 94. Extravio o alteracion de material incautado o decomisado
- Artículo 95. Material vinculado a un proceso penal
- Artículo 96. Material vinculado a un proceso civil
- Artículo 97. Traslado y competencia
- Artículo 98. Aviso autoridades judiciales
- Artículo 99. Eficacia de la administracion de justicia
- Artículo 100. Destruccion de elementos decomisados
- Artículo 101. Venta al exterior del material decomisado
- Artículo 102. Expedicion de permisos para armas de defensa personal y deportivas decomisadas
- Artículo 103. Armas y municiones de coleccion decomisadas
- Artículo 104. Prohibicion de rifas de armas y municiones
- Artículo 105. Otras armas
- Artículo 106. Departamentos de seguridad
- Artículo 107. Registro o devolucion de armas
- Artículo 108. Prorroga vigencia salvoconductos
- Artículo 109. Cambio de salvoconductos a permisos para tenencia o para porte
- Artículo 110. Expiracion de salvoconductos
- Artículo 111. Vigencia
Otras regulaciones
Se dictan disposiciones sobre Zonas de Frontera La Nación se asocia a la celebración de los 450 años del Municipio de Marmato El Festival Nacional de Acordeoneros Se amplían las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito público La Nación se asocia a la celebración de los 470 años de la Villa Hispánica del municipio de TibanáMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Abogado Jesús Crúz Olivella
Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios