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Convenio Constitutivo de la Asociación de los Estados del Caribe Artículo 14 Colombia


Convenio Constitutivo de la Asociación de los Estados del Caribe
Artículo 14. La secretaría



1. La Secretaría estará conformada por un Secretario General y el número de funcionarios que el Consejo de Ministros estime conveniente. Además de los poderes y facultades atribuidos a su persona, por y en virtud del presente Convenio, el Secretario General será el principal funcionario administrativo de la Asociación.

2. El Secretario General será electo en base en rotación por un período de cuatro años, en los términos y condiciones que sean determinados por el Consejo de Ministros.

3. El Secretario General actuará, en su condición de tal, en todas las reuniones del Consejo de Ministros y de los Comités Especiales de la Asociación y presentará un informe anual de las actividades de la misma ante el Consejo de Ministros.

4. En el cumplimiento de sus funciones, el Secretario General y su equipo de trabajo no solicitarán ni recibirán instrucciones de ningún Gobierno de un Estado Miembro ni de ninguna otra autoridad ajena a la Asociación. Deberán abstenerse de realizar cualquier acción que influya negativamente en su calidad de funcionario de la Asociación y serán responsables únicamente ante ésta.

5. El personal de la Secretaría será designado por el Secretario General, de acuerdo con las normas establecidas por el Consejo de Ministros. El criterio fundamental a seguir para la designación del personal será la necesidad de garantizar los más altos niveles de eficiencia, competencia e integridad. En el reclutamiento del personal, debe prestarse debida atención a los principios de distribución geográfica y representación lingüística en términos equitativos.

6. Los Estados Miembros se comprometen a respetar el carácter exclusivamente internacional de las responsabilidades del Secretario General y de su equipo de trabajo, y a no ejercer influencia sobre ellos en el cumplimiento de sus funciones.

7. El Consejo de Ministros aprobará el reglamento que ha de regir el funcionamiento de la Secretaría.

Colombia Art. 14 Se aprueba el Convenio Constitutivo de la Asociación de los Estados del Caribe, suscrito en Cartagena de Indias el 24 de julio de 1994
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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