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Tramites Laborales, Penales, Disciplinarios y de Seguros
Los comentarios del abogado WORK-ABG 3043915730
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Soy empleado público , una persona me acusa de abuso de autoridad y acto injusto por que me golpeó el carro y yo me acerque hasta su casa a tomarle fotos a su vehículo para confrontar que había sido este el que me había causado el daño.
La persona aduce que yo llegué en el vehículo de la alcaldía y usaba prendas oficiales lo cual no es del todo cierto ya que yo no me identifique nunca como funcionario público .
Cual sería el camino para iniciar mi defensa ante esta acusación ? muchas gracias .
Recordemos que si una persona que le debe pagar alimentos a otra fallece y en vida se le había embargado su pensión para cancelar dicha obligación alimentaria, esta obligación pasará junto con la pensión a quien la reciba tras el fallecimiento, como pensión de sobreviviente. Es decir, que si con la pensión de una persona muerta se garantizaba una cuota de alimentos, se deberá seguir descontando dichos alimentos de esa pensión, aún después del fallecimiento, si dicha pensión pasa a gozarla algún familiar.
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Soy propietario en un conjunto, pero si recibo visita, cuantos carros pueden estacionar en parqueadero de visitantes al mismo tiempo? (por un tiempo de por ejemplo una hora), es un caso real, vienen mis hermanos a almorzar por ejemplo (1 h de visita), pero viene dos carros porque cada quien viene con sus familiar, pero solo dejan entrar un carro a visitantes, estan todo el resto de los parqueaderos de visitantes vacios, porque otro cuento seria que no hubiera cupos. Quisiera saber cuantos carros pueden estacionar en visitantes por un tiempo corto. Gracias
Recordemos que si la persona que debe pagar alimentos fallece y en vida se le había embargado su pensión para pagar dicha obligación alimentaria, esta obligación pasará a la persona que reciba dicha pensión, tras el fallecimiento. Es decir, si alguien recibe una pensión de sobreviviente y con esa pensión la persona muerta garantizaba una cuota de alimentos, se deberá seguir descontando dichos alimentos de esa pensión.
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Buenos días. Yo trabajo en un laboratorio farmacéutico. Trabajo por turnos de 8 horas.
Trabajo 6 días y descanso 2.
Mi pregunta es : cuando hay festivos como este mes que hicieron 3 y yo los trabaje dentro de mi jornada laborar, tengo derecho al compensatorio remunerado.
Gracias.
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Saludos.
Sinedo la demanda inadmitida, debser corregirse el motivo que genero su inadmision y radicarla en integridad.
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Código General del Proceso Artículo 90. Admisión, inadmisión y rechazo de la demanda
Saludos.
Si es posible hacer tramite de escrituracion a nombre otro propietario, sin embargo, hay que verificar que en la oficina de instrumentos publicos mas cercana al inmueble, esta persona figure como propietaria.
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Código Civil Artículo 1852. Venta entre conyuges y entre padre e hijo
Saludos.
Problema de "Vecino con perro Ladrador"
Por ser una situacion que perturba su tranquilidad, pero que no le ha causado afectaciones cuantificables en dinero, se aconseja en primer lugar acudir a la junta de socios, si el inmubele donde usted vive se sujeta al regimen de propiedad horizontal, otra opcion, es acudir a la inspeccion de policia mas cercana para que lleguen a un acuerdo.
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Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana Artículo 117. Tenencia de animales domésticos o mascotas
Saludos.
Para establecer la propiedad real sobre el inmubele, es importante conocer el Certificado de Libertad y Tradición del mismo, que puede ser gestionado via electronica, o en la oficina de Registro de Instrumentos Publicos mas cercana, seguidamente, habria que hacer un acuerdo entre los causahabientes, para la sesion de los derechos herenciales.
Si considera ser representad en dicho proceso, tiene a su disposicion nuestro cana de atención via Whatsapp:
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Estatuto del Notariado Artículo 45. Cancelación de escritura pública
Cordial Saludo, es importante considerar que cada otganizacion tiene un reglamento interno, resolucion, decreto o acto administrativo que reglamenta su proceso disciplinario, y las etapas del mismo, para poder asesorarlo se necesita la información completa que tenga a su disposición.
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Código Disciplinario Único Artículo 166. Término para presentar descargos
Saludos.
Es importante acalarar el asunto del litigio, no es claro si se esta ante una reclamacion de herencia, o reclamacion de bienes por sociedad Conyugal.
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Código General del Proceso Artículo 406. Partes
Es deber ciudadano evitar violar un derecho ajeno de manera injustificada, así también, las acciones constitucionales y ordinarias, son el mecanismo idóneo para poner en conocimiento de las autoridades competentes, aquello que creemos que nos afecta.
Con relación al Matoneo en ambientes educativos, por ser una conducta de ejecución permanente en un espacio cerrado, se aconseja establecer primero, comunicación directa con el comité de convivencia institucional (en caso de haberlo) o con el Rector (su representante legal), si usted desea someter dicha afectación a la justicia penal o civil, la certificación o constancia que al respecto expida la autoridad académica, le servirá como prueba, en caso que se decida a denunciar.
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Código Penal Artículo 414. Prevaricato por omision
Toda autoridad Publica o Privada, tiene un manual interno de funciones (Reglamento interno del Trabajo), a través del cual se controla el cumplimiento a su objeto social, en torno a lo operativo de la entidad cuando esta es publica, sus actuaciones están determinadas por una norma especifica que la regula, hay situaciones no reguladas en ninguna norma, sin embargo, si se sujetan al test de lo razonable y congruente, aunque tengan apariencia de "abuso de autoridad", si no violan los valores jurídicos del ordenamiento legal, se entienden atípicas, mas no abusivas, si no se resuelve las reclamaciones de la ciudadanía, se esta violando el trato digno a los mismos y la ley especial de derecho de petición.
El procedimiento para ser declarado este incumplimiento y el resarcimiento a su derecho, se sujeta a lo particular de su caso, llámenos, agende cita y asesoramiento, ¡podemos tramitar su caso!
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Código Penal Artículo 416. Abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto
Cordial Saludo.
Tocaría precisar su tipo de contrato y vinculación laboral, mientas eso se determina, usted puede establecer comunicación con la secretaria de educación del lugar de los hechos, las agremiaciones sindicales y o/ el Ministerio de Educación para que sea este quien investigue y resuelva la irregularidad.
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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 101. Duracion del contrato de trabajo
Saludos.
Con independencia de aceptar o negar su responsabilidad, no puede retractarse de su testimonio en el proceso penal, mismo que se entiende rendido bajo la gravedad de juramento.
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Código de la Infancia y la Adolescencia Artículo 179. Criterios para la definición de las sanciones