Los abogados en Bogotá D.C.
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL. ABOGADAS Y ABOGADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA. 15 AÑOS DE EXPERIENCIA. Contamos con especialistas en DERECHO CIVIL (venta, arriendo, posesión, prescripción, contratos, hipoteca, proceso ejecutivo, deudas, cobro coactivo). DERECHO DE FAMILIA (divorcio, herencias, alimentos, matrimonio, comisaría de familia). PROPIEDAD HORIZONTAL (cobro de cartera vencida, expensas comunes, asamblea, multas, estatutos). Trámites Notariales. DERECHO MIGRATORIO (Contamos con una abogada en EEUU tramitando permanentemente asuntos migratorios). DERECHO LABORAL (despido, liquidación, cesantías). SEGURIDAD SOCIAL y PENSIONES (requisitos, mesadas, primas) y ACCIDENTES LABORALES. DEMANDAS CONTRA EL ESTADO (Nulidad de actos administrativos, reparaciones directas, apelación, reposición) TRÁNSITO (responsabilidad en accidente de tránsito, multas, comparendos, trámites). DERECHO PENAL (defensa técnica y representación de víctimas).
Especialistas en las diferentes áreas del derecho, contamos con alianzas a nivel nacional, como GDC GLOBAL, Don Camilo, Conprime Inmobiliaria, Lealtad Seguros, Policía Nacional u otros gremios que nos acreditan y confiaron en nosotros. Manejamos abogados delegados en cada Ciudad de Colombia, lo cual facilitara a nuestros clientes todo proceso o tramite legal, altamente capacitados y recomendados.
DERECHO AMBIENTAL - MINERO - PETROLERO Lea más: https://leyes.co/user/2842.htm
Abogados en ejercicio, litigantes y asesores de personas naturales y jurídicas. Especialistas en diferentes ramas del derecho laboral, civil, comercial y de familia con amplia experiencia y conocimiento en la elaboración, tramite y seguimiento de demandas, memoriales, producción de conceptos jurídicos, documentos mercantiles, y contratos.
Nuestra oferta de valor es la atención personalizada, la transparencia, certeza y claridad, enfoque de género en los casos legales que sean relevantes para las mujeres,
Especialista en derecho internacional del transporte, responsabilidad en accidentes.
Abogado. Especialista en Derecho Procesal Procesal y Magister en Derecho Penal. Experto en asuntos de familia, civiles, comerciales, laborales y penales. Diplomado en Conciliación y Mecanismos Alternos de Solución de Conflictos. Asesor y Consultor de Empresas.
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se tiene que modificar ya que la mujer incurre en este delito después de la semana 24 de gestación a menos de que su caso entre en una de las tres causal que se encuentran en la sentencia C-355 de 2006.
¿Qué sucede si, habiendo solicitado de inmediato vía telefónica al Banco la reversión del pago por fraude, este pide que se haga por la web y luego responde que se niega a hacerlo aduciendo que la investigación encuentra que no lo es?
Acerca de lo que dice este art 1324 del Cod Civil, es bueno indicar que muchas veces hay conflictos entre herederos cuando uno o unos de estos asumen por voluntad propia el cuidado material de las cosas que deja la persona difunta, es decir, sin que dicho cuidado haya sido resultado de un acuerdo expreso entre todos los herederos. Es bueno saber entonces que la diferencia entre un heredero que debe responderle a los demás y uno que no debe hacerlo, por los detrimentos que sufran los bienes de la sucesión, es la buena fe con que dicho heredero disponga de los bienes que dejó la persona fallecida. Oponerse a llamados a conciliar, tener conflictos demostrables con los demás herederos en el punto de no permitir la administración de las cosas, violencia, ocultamiento etc. pueden hacer suponer que se actúa de mala fe y en este punto, cualquier detrimento de los bienes de la herencia le puede ser reclamado a dicho heredero que dispone de los bienes en contra de los demás.
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Buenas noches, si usted es el acreedor ejecutante no es necesario que haga el depósito para la postura, siempre y cuando su acreencia supere el 40% del avalúo, de lo contrario deberá depositar el faltante. Pero por otro lado, las reglas del remate son las mismas para los demas postores.
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Buena tarde
Yo soy acreedor, en un remate y mi duda es si yo quiero hacer postura, dicen que tengo que hacerlo por el 100% del avaluo?
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