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Buenos días, para el caso del divorcio, existe la posibilidad de hacerlo por algunas de las causales, distintas al mutuo acuerdo, es decir, no es necesario que el cónyuge consienta el divorcio, ello ante Juez de Familia. Ahora frente a la nulidad, es necesario conocer el asunto mas a fondo para determinar si pudiese existir un error que lleve a la declaratoria de nulidad.
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Código Civil Artículo 6o. Sancion y nulidad
Buenos días, un error en la vigencia o duración del contrato puede ser subsanada, o incluso puede la ley determinar algunos lineamientos para determina su duración, pero ello dependerá del tipo y naturaleza del contrato.
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Código Civil Artículo 6o. Sancion y nulidad
Según el artículo 2449 del Código Civil, el acreedor que tenga una hipoteca a su favor, puede solicitar en la demanda ejecutiva que se haga efectiva dicha hipoteca y adicionalmente, sustentando cómo dicha hipoteca no cubre la deuda, pedir igualmente que se embarguen los demás bienes del deudor "para hacerse pagar sobre los bienes del deudor que no le han sido hipotecados". Esto es lo que se ha llamado informalmente ejecutivo mixto el cual, aunque no tiene un proceso específico expreso en el cód de procedimiento, si se menciona en dicho artículo del cód civil y por tanto estará regulado por lo correspondiente al art 422 y siguientes del cód general del proceso
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Código General del Proceso Artículo 424. Ejecución por sumas de dinero
En cuanto a las sucesiones ilíquidas que tengan deudas pendientes con la Dian, estas deudas pueden hacerse parte del proceso de sucesión. Al respecto, el notario o el juez deben informar a la Dian y en aplicación del artículo 844 del estatuto tributario, cuando la cuantía de los bienes sea superior a 700 UVT, la Dian deberá indicar si se le debe algo o de lo contrario tras 20 días calendario de silencio tras la notificación a la Dian, el proceso continuará normalmente.
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Código Civil Artículo 1017. Impuestos fiscales
Porque no publican el comentario que hice y actualizan la ley? es que no les conviene? Ya veo que son poco serios y rigurosos
Código Nacional de Policía Artículo 206. Atribuciones de los inspectores de policía rurales, urbanos y corregidores
Acerca de las obligaciones de dinero sin cancelar y sus consecuencias legales, es bueno recordar que según la ley 1266 de 2008 (modificada por la ley 2157 de 2021), cuando ya se pagó la deuda que se tenía en mora, o esta haya prescrito, el tiempo máximo del reporte sólo puede ser del doble del tiempo que se estuvo en mora, sin que este pueda exceder de 4 años. Y en todo caso, el reporte negativo debe quitarse a los 8 años de iniciarse la mora de la obligación, así esta aún no haya prescrito.
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Código General del Proceso Artículo 430. Mandamiento ejecutivo
Un contrato se puede anular porque quedo mal la fecha de la vigencia o duracion del contrato, es causa grave para terminar con la relacion contractual.Es subsanable?
Código Civil Artículo 6o. Sancion y nulidad
Buenas tardes, hace dos (2) años compre un inmueble el cual tiene un antejardin, el anterior dueño del inmueble acondiciono el antejardin para un garaje individual, los medidores de das, luz y agua están instalados por fuera de este encierro según los vecinos de esto hace más de treinta años.
Ahora un inspector de policía dice que debe quitarlo,
Debo hacerlo o puedo apelar la decisión
Les agradezco,
Código Nacional de Policía Artículo 140. Comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público
Buenas tardes! Por favor me dicen si una causa de nulidad de matrimonio puede ser el que uno de los cónyuges haya ocultado hasta después del matrimonio el hecho de padecer una enfermedad mental. La cuál ha traído cómo consecuencia maltrato físico, emocional, verbal, psicológico y económico.
Que se puede hacer para una ruptura definitiva si el cónyuge enfermo se niega tajantemente a consentir el divorcio.
Muchas gracias!
Código Civil Artículo 6o. Sancion y nulidad
Buenas tardes para calcular el número de días a descansar por vacaciones, se hace de la misma forma, ya que el derecho no cambia, tiene derehco a 15 días hábiles de vacaciones. Mientras que para compensarlas en dinero hay que calcular el valor mensual de su salario y realizar el computo de las mismas de acuerdo a los 15 días por año.
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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 348. Medidas de higiene y seguridad
buen dia, yo laboro solo 3 dias a la semana (miercoles jueves y viernes 24 horas semanales) para mis vacaciones como se calculan los dias, de lunes a viernes o solo los dias laborados de la semana?, gracias
Código Sustantivo del Trabajo Artículo 348. Medidas de higiene y seguridad
Buenas tardes, respecto de las vacaciones, en efecto usted decide como proporcionarlas al trabajador, siempre y cuando se verifique lo regulado en la norma sobre los mínimos, ya que por lo menos un trabajador deberá disfrutar de 6 días anuales de vacaciones. Es decir que, puede otorgarle inicialmente un periodo de 9 días y posteriormente uno de 6 días.
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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 187. Epoca de vacaciones
Mi trabajador me esta solicitando 15 dias de vacaciones, el es un empleado unico que tengo, Ptregunta tengo que darle losn 15 dias o lo puedo hacer 9 dias en un periodo, 6 en otro periodo
Código Sustantivo del Trabajo Artículo 187. Epoca de vacaciones
Buenos días, para el calculo de prestaciones sociales se hace sobre el salario y no sobre el subsidio de incapacidad, por lo tanto estas no se tienen en cuenta para calcular el promedio.
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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 192. Remuneracion
Buenos días, si s eadquiere un bien sobre el cual se había celebrado un contrato de arrendamiento, las obligaciones y derechos sobre el mismo se cedieron al nuevo propietario, y efectivamente deberá respetar la normatividad sobre el mismo, sobre todo en el tema temproal sobre la finalización del contrato de arrendamiento.
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Código Civil Artículo 1973. Definicion de arrendamiento
Buenos días, para dicho caso, es necesario iniciar alguna ación reivindicatoria de dominio, ya que no se perfeccionó el contrato de venta del vehículo al no suscribirse el contrato ni haberse realizado las diligencias de traspaso, para ello es necesario convocar al comprador a una audiencia de conciliación, previo a demandarlo.
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Abogado Abogados Colombia Universidad Nacional COLOMBIA
Buenos días, es necesario recordar que la notificación personal no es el único medio de notificación, ahora si el juez administrativo verifica la existencia de tres demandados, previo a la audiencia inicial, o incluso en el desarrollo de la misma podrá verficar la legalidad de la notificación a las mismas. Ya que si no se hizo en la forma debida, podría solicitarse el decreto de una nulidad sobre lo actuado procesalmente.
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Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Artículo 294. Nulidades originadas en la sentencia
Buenos días, si una persona incumple un contrato de arrendamiento deberá responder por las consecuencias que haya generado el incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea este verbal o escrito, ya que la ley regula las consecuencias del mismo. Habría que analizar que tipo de obligaciones se incumplieron y que perjuicios se pudieron haber causado.
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Código Civil Artículo 2003. Responsabilidad del arrendatario en la finalizacion del contrato
Buenos días, si el testigo que va a declarar tiene un contrato con el apoderado, podría ser tachado de sospechosos, por tener relación con este, no obstante la calificación sobre la tacha la realiza el juez en la sentencia.
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Código General del Proceso Artículo 211. Imparcialidad del testigo
Buenos días, sería conveniente analizar dos situaciones muy puntales el contrato de arendamiento y la demanda, para determinar la posibilidad de presentar una defensa en contra de dicha demanda a través de una contestación y además si es posible presentar una demanda de reconvención (contrademanda). pero para ello es necesario conocer toda la información del asunto.
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Código Civil Artículo 2003. Responsabilidad del arrendatario en la finalizacion del contrato