Código Penal Artículo 204 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/11/2023
Código Penal
Artículo 204. Irrespeto a cadaveres
El que sustraiga el cadáver de una persona o sus restos o ejecute sobre ellos acto de irrespeto, incurrirá en multa. Si el agente persigue finalidad de lucro, la pena se aumentará hasta en una tercera parte, sin sobrepasar las diez (10) unidades multa.
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD, INTEGRIDAD Y FORMACION SEXUALES
DE LA VIOLACION
Colombia Art. 204 CP
Mejores juristas

Teléfono
Сomentarios: 22
En los últimos 30 días

Duración total

En los últimos 30 días

Duración total

Santander
Duración total
Los comentarios de los usuarios
Abogado Jesús Crúz Olivella
31/05/21 11:13:57
he visto el gesto del moderador de este grupo como un acto de mala fe, que intereses tendra sobre esta pagina el moderador, es claro el objetivo de esta pagina web y es la ayuda a las personas. agradezco no me elimine mis comentarios y si gusta pongase en contacto conmigo y charlamos.
Dirección: Teusequillo
Email: [email protected]
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios