
Nombre: Johanna Pinto
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Los comentarios del abogado Johanna Pinto
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·S E NS O R· Estudio Jurídico de Colombia
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Johanna Pinto
Norman Agudelo
Abogado Jesús Crúz Olivella
El art 97 de la Ley 115 del 94 dice que deben prestar el servicio social los quienes esté en educación media, es decir dirante décimo y undécimo y el artículo 6 de la Resolución 4210 de 1996 la regula, indicando igualmente que se presta en esos dos grados, en varias sentencias también se ha reiterado que el servicio es en estos dos grados.
La autonomía escolar permite definir el proyecto, los objetivos, las metodologías y las actividades del servicio dentro del PEI, pero dentro de los límites de la ley. En noveno pueden realizarse actividades formativas, comunitarias o preparatorias relacionadas con el servicio social, pero no deben presentarse como el servicio obligatorio, computarse automáticamente dentro de las 80 horas ni imponerse como requisito equivalente para obtener el título de bachiller. Es decir, la autonomía no implica poder ignorar las órdenes contenidas en una ley, el artículo presente indica los aspectos en los que se puede mover dicha autonomía, lo que implica que esta tiene un marco de acción y no es totalmete libre.
casos para revocarla
En Colombia los documentos se presume que no son falsos, si se afirma lo contrario, toca probarlo. En este sentido, los documentos elecrónicos o en forma de mensaje de datos se presumen auténticos. Un correo electrónico no deja de probar el encargo que se hace, por no tener una firma manuscrita o por haber sido aportado en una copia, en pdf etc. La autenticidad puede determinarse por la certeza sobre la persona que lo elaboró o a quien se atribuye, a partir de sus signos particulares sobre origen y destino digitales o electrónicos y de lo que dice, de lo que hacen o hicieron las partes antes o después de otorgarlo etc
Esto no impide obviamente que se cuestione la autenticidad, integridad o atribución del poder. Sin embargo, tampoco se puede afirmar, como regla general, que la falta de tacha del poder o desconocimiento, nunca produzca consecuencias. La conducta de las partes srive para establecer la autoría; la falta de tacha no equivale por sí sola a una aceptación expresa del poder, cuando se puede determinar que carece de otros elementos confiables de identificación.
Este art 7 de la Ley 527 de 1999 no exige necesariamente una firma manuscrita ni una certificación técnica en todos los casos. Esto que exige significa simplemente, que exista un método confiable y apropiado para identificar quién envía el mensaje y establecer que el contenido cuenta con su aprobación. Ese método puede ser una firma electrónica, una firma digital, un sistema de autenticación, una dirección institucional, mecanismos de trazabilidad o cualquier otra prueba que permita atribuir el mensaje a una persona determinada.
Entonces, que no haya una firma física visible no implica que el correo no sea emitido por la persona. Lo importante es que valorados en su conjunto el encabezado, la cuenta de correo remitente, los metadatos, la conducta en el proceso, las respuestas de las partes y los demás elementos del expediente, el juzgado pueda tener certeza sobre su autoría e integridad.
Si existen varias deudas, el pago debe imputarse inicialmente conforme a la elección efectuada por quien paga, siempre que dicha elección sea jurídicamente admisible. Si quien paga por otro no identifica la obligación, el acreedor puede realizar la imputación en la carta de pago. En ausencia de una imputación expresa de ambas partes, deberán aplicarse las reglas supletivas del artículo 1655 del Código Civil. En consecuencia, el juez debe examinar las circunstancias concretas del pago antes de concluir que el desembolso se dirigió a la obligación ejecutada.
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Buena tarde:
En caso de tener inconvenientes con compras y transacciones comerciales puede, además del reclamo directo, acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio
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Código de Comercio Artículo 774. Requisitos de la factura
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En caso que el mecanismo de reclamaciòn de un concurso de mèritos confirme la decisiòn tomada por la CNSC o la Universidad encargada de este concurso, pùede acudirse a la acciòn de tutela o a algùn medio de control en demanda directa al Estado.
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Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Artículo 45. Corrección de errores formales
Buena tarde Sr. Zapata:
Si existen dudas frente a la legitimidad deuna prohibiciòn de parqueo o esta resulta confusa, puede vìa derecho de peticiòn consultar sobre el origen de la misma.
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Código Nacional de Tránsito Terrestre Artículo 76. Lugares prohibidos para estacionar
Buena tarde Sr. Zapata:
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Código Nacional de Tránsito Terrestre Artículo 76. Lugares prohibidos para estacionar
Buena tarde:
En ese caso es necesario evaluar si el Estado perdiò su facultad de sancionar dicha conducta asì como la forma en la que esta se generó, de tal manera que se pueda sanear dicho comparendo ambiental directamente con la entidad que lo emitiò o con la rama judicial
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Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana Artículo 183. Consecuencias por el no pago de multas
Buena tarde:
Este aparte no aplica para asuntos referentes a fotomultas segùn la corte constitucional, la cuàl tambien proscribe la responsabilidad objetiva en este ámbito
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Código Nacional de Tránsito Terrestre Artículo 93-1. Solidaridad por multas
El silencio administrativo positivo està explicito en la ley, en asuntos de reclamaciones por servicios pùblicos, otorgamiento de licencias de construcciòn, derechos de peticiòn de informaciòn y reclamaciones por habeas data financiero (reporte negativo en centrales de riesgo)
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Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Artículo 84. Silencio positivo
Bajo los supuestos de este artículo, es factible que las sentencias del contencioso administrativo sean corregidas por errores aritmèticos tras ser proferidas de oficio o a peticiòn de partes haciendo remisiòn normativa al art. 286 del còdigo general del proceso.
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Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Artículo 306. Aspectos no regulados
Buen dia:
Respecto a la decisiòn de dejar los parqueaderos - àreas comunes sòlo para los propietarios, esta resulta contraria al derecho a la igualdad, e igualmente limitarìa el derecho de quienes deseen arrendar sus inmuebles para con sus arrendatarios.
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El régimen de propiedad horizontal Artículo 37. Integración y alcance de sus decisiones
Buen dìa:
Es necesario revisar el reglamento o normativa de dicha propiedad horizontal, en todo caso, parte del proceso para sancionar en cualquier nivel radica en la correcta notificaciòn del sancionado para que ejerza defensa sobre lo que se le acusa
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El régimen de propiedad horizontal Artículo 62. Impugnación de las sanciones por incumplimiento de obligaciones no pecuniarias