< Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Honduras

Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colom Artículo I Colombia


Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Honduras
Artículo I. Objeto





El presente instrumento tiene como finalidad, establecer las condiciones generales que regulan la cooperación técnica, científica y tecnológica, acordada por las Partes en proyectos específicos definidos a través de acuerdos complementarios, Canjes de Notas o Programas definidos por las Partes, en la Comisión Mixta de que trata el artículo VI.

Las Partes al definir las áreas de cooperación en proyectos y programas específicos, tendrán particularmente en cuenta, que las mismas respondan a criterios afines con la promoción de la Paz y la Seguridad Internacional, el fomento al respeto de los Derechos Humanos, el Desarrollo Sostenible y el fortalecimiento a la Democracia.

Colombia Art. I Se aprueba el Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Honduras, suscrito el la ciudadde Bogotá, D.C., el 12 de noviembre de 2003
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Cuantas personas como mínimo de necesitan para que se configure el concierto para delinquir?



  1. Si en un sindicato para elección de junta directiva solo se presenta una lista y a pesar de citar varias veces ocurre lo mismo, ¿se puede elegir esa lista y el fiscal de los socios que hagan parte de la asamblea?


Recordemos que los bienes, cualquiera que sea su naturaleza, son regidos por la ley del país donde se encuentran físicamente, en cuanto a su división, posesión, venta, pignoración, cesión, hipoteca etc. Esto significa que cualquier disputa entre la pareja sobre la propiedad, posesión, liquidación etc. de un bien ubicado en un país extranjero, en general debe ser resuelta por los tribunales de dicho país y bajo las leyes de dicho país. Un juez colombiano no tiene jurisdicción para tomar decisiones sobre derechos reales de bienes localizados en el extranjero.


Email: temasdeley@gmail.com

WhatsApp: 573166406899

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...



Cordial saludo. Un contralor, designado como auxiliar de la justicia,es considerado un funcionario publico? En este caso, que norma le aplica en cuanto a materia tributaria se refiere? Debo practicarle retencion en la fuente, asi no de la base establecida en el Art 338 ET?- Agradezco inmensamente su aporte.

Feliz dia.



Trabaje en una empresa hasta el día 21 de octubre 2025,y a la fecha hoy 15 noviembre 2025,no me han pagado ni sueldo ni liquidaciones, que debo hacer?



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